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Sucesos

Magistrados obligan INS a pagar casa quemada

Fallo histórico desnuda error de intermediario en póliza

La Sala Primera expresó que en caso de los seguros vencidos sin notificación al consumidor se deberá ejecutar el pago a los afectados

Los magistrados de la Sala Primera del Poder Judicial emitieron un fallo histórico que condenó al Instituto Nacional de Seguros (INS) al pago de ȼ38.323.459 por daños provocados en un incendio que consumió una casa que tenía una póliza 3 años vencida.

En apariencia todo se debe a una negligencia del intermediario entre la institución y el cliente, que no fue comunicada al afectado y demandante de apellidos Sequeira Durán.

El usuario solicitó, años atrás, una póliza contra incendios denominada Hogar Seguro 2000, según documento 01-INC-26587, luego de que su vivienda, ubicada en San Francisco de Dos Ríos, fue consumida por las llamas en julio del 2010.

Según se les comunicó a los magistrados de Sala Primera, la póliza en cuestión no se ejecutó ya que fue renovada por un cambio en el agente asegurador y tras el movimiento venció el 23 de setiembre del 2007. 

Al indicarle eso al afectado, inició un reclamo administrativo ya que manifestó que previo a esas fechas traspasó sus pólizas a una nueva comercializadora de seguros, dejando claro que se mantuvieran todas las condiciones.

Según el demandante, el nuevo agente de apellidos Díaz Corrales tenía la orden de mantener las mismas coberturas y montos de lo asegurado, pero contrario a la petición del cliente no se brindó una asesoría que dejara claro los términos del traspaso y posteriormente la aseguradora rechazó las apelaciones que presentó el afectado.

 

SENTENCIA 

 

Luego del respectivo estudio del caso, la Sala Primera señaló que el afectado fue víctima de negligencias de la agencia aseguradora que provocó los errores administrativos que motivaron la negativa del pago.

Los magistrados puntualizaron errores de bulto y dieron especial énfasis a la afectación del consumidor de seguros en cuanto a la poca información que recibió y que posteriormente le afectó. 

“Lo establecido en los hechos probados números 15, 23, 27 y 28 del expediente demuestra no solo que el señor Díaz Corrales obtuvo la información de la sede del INS en Guadalupe, sino que dicha información, además, fue dada en forma incorrecta, insuficiente y confusa, lo cual confirma también en los hechos probados”, reza la resolución de la Sala.

 

HISTÓRICO 

 

Sequeira Durán aseguró a la Sala Primera que en el tiempo en que su propiedad permaneció sin seguro nunca fue alertado ni notificado por el INS ni por la agencia sobre la situación que las entidades sí conocían de antemano.

Para el abogado Boris Molina, experto en derechos humanos, de seguros y director de la Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios, el fallo dicta un precedente importante en cuanto a la cobertura de las pólizas. 

La obligatoriedad de la agencia es trascendental en cuanto a la obligación y responsabilidad del intermediario de seguros, que actuó en este caso.

“La Sala Primera, que es la última instancia judicial en esta materia, determina que la aseguradora debe responder por los errores de sus intermediarios, porque el consumidor no tiene culpa de no haber recibido la asesoría o el servicio adecuado y, por lo tanto, obliga a la aseguradora a que pague la indemnización”, explicó Molina. 

DIARIO EXTRA realizó la consulta ante las autoridades del INS y manifestaron que el fallo fue notificado en las últimas horas por lo que está en una etapa de análisis. 

“Sin embargo se aclara que el INS es respetuoso de las resoluciones judiciales y se acatará la misma en los términos de la resolución”, dijeron en comunicado de prensa. 

Además de los ȼ38 millones correspondientes al seguro de la vivienda, la Sala obliga al pago de ȼ5,6 millones por desembolsos de alquileres que realizó el ofendido mientras se llegaba a un arreglo.

PERIODISTA: Gustavo Retana

EMAIL: [email protected]

Sábado 13 Mayo, 2017

HORA: 12:00 AM

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