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¿Hay razones para celebrar el Día Internacional de los Pueblos Indígenas en América Latina?

El 9 de agosto debió ser una fecha para reflexionar sobre la deuda moral que los países de América Latina acumulan, año tras año, con los pueblos indígenas. English

Daniel Cerqueira
12 agosto 2016
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Vista aérea de indios Yanomami reunidos en la esplanada central del poblado Irotatheri, en el Amazonas Venezolano. (AP Photo/Ariana Cubillos)

En 1994, la Asamblea General de la ONU eligió el 9 de agosto como el Día Internacional de los Pueblos Indígenas. Desde entonces, jefes de Estado y altas autoridades siguen el ritual iniciado por la ONU y participan de solemnidades para homenajear a los pueblos indígenas. Organismos internacionales realizan sesiones especiales y sus comités especializados emiten comunicados para recordar los derechos de los pueblos indígenas. Aunque dicha costumbre es replicada desde hace varios años en los países de América Latina, no hay muchas razones para celebrar el 9 de agosto este año.

En lo que va del año, la región ha amargado la pérdida de Berta Cáceres, indígena Lenca y fundadora del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH), quien fue brutalmente asesinada el 3 de marzo de 2016. Mientras la comunidad internacional aún expresaba su indignación, Nelson García y Lesbia Yaneth Urquía, ambos integrantes del COPINH, ingresaron a la lista de indígenas y defensores del medio ambiente asesinados en Honduras.

Según cifras de Global Witness, de los 180 defensores del territorio asesinados el año pasado, 112 provienen de América Latina. Solamente en Brasil se han registrado 50 asesinatos, siendo varias de las víctimas pertenecientes a pueblos indígenas. El recrudecimiento de los conflictos agrarios en el centro oeste del país y la impunidad de la que gozan los hacendados que ocupan territorios indígenas han generado un contexto de violencia generalizada, sobre todo en perjuicio del pueblo Guaraní Kaiowá. De acuerdo con el Conselho Indigenista Missionário, 400 indígenas han sido asesinados en los últimos 12 años en el Estado de Mato Grosso do Sul. Allí, los Guaraní Kaiowá son víctimas de un verdadero etnocidio patrocinado por latifundistas con amplia representación en el Congreso Nacional. El poder de la llamada “bancada ruralista” ha aumentado tras la suspensión parlamentaria de Dilma Rousseff y, en caso de que Michel Temer sea ratificado por el Senado Federal como Presidente de la República, se vislumbra una política aún más perniciosa con la represión hacia comunidades que demandan sus territorios ancestrales.

2016 acumula otros episodios poco memorables para los pueblos indígenas de la región. Podemos mencionar, por ejemplo, los derrames petroleros en el río Marañón en Perú; el inicio de las operaciones de la faraónica Hidroeléctrica de Belo Monte en Brasil; la adopción, mediante decreto presidencial, de la Zona de Desarrollo Estratégico Nacional Arco Minero del Orinoco, y la inhabilitación de los representantes indígenas del Estado Amazonas en la Asamblea Nacional de Venezuela.

En México, 2015 pareció culminar con una buena noticia para el Pueblo Maya. En noviembre de dicho año, la Suprema Corte de Justicia había amparado el derecho de varias comunidades mayas a ser consultadas previo a la autorización de la siembra de soya transgénica en la Península de Yucatán. En las últimas “reuniones de consulta” realizadas el 30 de junio y el 1 de julio en Hopelchén y Tenabo, Estado de Campeche, las autoridades a cargo del proceso de consulta permitieron que más de 100 agricultores no indígenas participaran, promoviendo así altercados entre los beneficiarios de la sentencia y personas favorables a la soya transgénica. Desde las primeras reuniones, las autoridades federales se han empeñado en promover la utilización de la soya transgénica, habiendo incluso entregado una “carpeta básica” impresa en maya con folletos que explican “los beneficios de la soya mejorada”. No es la primera vez que una sentencia que beneficia a un pueblo indígena se vuelve letra muerta en México. La misma fortuna le tocó a la Tribu Yaqui, igualmente amparada por la Suprema Corte, pero sin que ello haya modificado la situación de despojo de su territorio ancestral.

En el ámbito del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, una de las principales razones para celebrar el 9 de agosto de 2016 ha sido la aprobación del informe Pueblos Indígenas, comunidades afrodescendientes y recursos naturales: protección de derechos humanos en el contexto de actividades de extracción, exploración y desarrollo. Dicho documento amplía los estándares de la CIDH en materia de consulta previa, libre e informada; establece parámetros sobre los proyectos de desarrollo que requieren el consentimiento; y aclara el contenido del derecho de los pueblos indígenas de participar en los beneficios de los proyectos llevados a cabo en su territorio, de conformidad con el artículo 15.2 del Convenio 169 de la OIT.

Este año se ha aprobado asimismo la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Tras 17 años de idas y venidas en los órganos políticos de la OEA, la Declaración fue finalmente aprobada durante la Asamblea General celebrada en República Dominicana. Aunque la conclusión del proceso merece ser celebrada, algunos expertos consideran que hay retrocesos con relación a los estándares del Convenio 169 de la OIT y de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU. Bartolomé Clavero y Nancy Yáñez sostienen que mientras el consentimiento es un principio vinculado al derecho de libre determinación en la Declaración de la ONU, el mismo aparece como un principio subsidiario al derecho de participación en la Declaración Americana. Los autores señalan asimismo que la Declaración Americana no exige el consentimiento de los pueblos indígenas en casos de deposición de residuos tóxicos o sustancias peligrosas en sus territorios, lo cual sí está contemplado en el artículo 29.2 de la Declaración de la ONU. Para ambos, el artículo 25.5 de la Declaración Americana es uno de los más preocupantes, en tanto condiciona el reconocimiento de las modalidades de propiedad, posesión y dominio de las tierras y territorios indígenas a lo establecido en los ordenamientos internos de los Estados.

Ante el aumento de la violencia contra los pueblos indígenas, sus líderes y lideresas en Brasil y Honduras, victorias judiciales pírricas en México, desastres ambientales y el avance de mega proyectos en el territorio de varios pueblos de la región, y una Declaración Americana que retrocede en algunos aspectos, la pregunta es si el 9 de agosto de 2016 debió ser una fecha para celebrar o para reflexionar sobre la deuda moral que los países de América Latina acumulan, año tras año, con los pueblos indígenas.

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Este artículo fue previamente publicado en el blog de la fundación para el Debido Proceso.

 

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