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Lo que poco le han contado de la reforma tributaria

El ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, sostuvo que el trabajo conjunto entre Congreso y Gobierno fue clave para lograr mayores recursos hacia sectores vía inversión.

El ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, sostuvo que el trabajo conjunto entre Congreso y Gobierno fue clave para lograr mayores recursos hacia sectores vía inversión.

Foto:Ministerio de Hacienda

Radicaron ponencia. Más restas que sumas a recaudo. Reviven gabela a magistrados.

Tras la expectativa que generó en los tres primeros días de esta semana la demora en la radicación de la nueva ponencia de la reforma tributaria que se pondrá a disposición de las plenarias de Senado y Cámara para su último debate, en la noche del miércoles -finalmente- el Ministerio de Hacienda llevó el documento al Congreso.
La nueva ponencia llegó recargada. De un original tramitado por el Ministerio de Hacienda, que constaba de 110 artículos, se pasó luego a 136, mientras que ahora llega con 152.
La intención del Gobierno es que hoy se le de estudio y, si es el caso, se inicie la votación en último debate al articulado propuesto, de manera que los dos o tres primeros días de la próxima semana (que ya serían sesiones extras) queden para enfrentar cualquier eventualidad (demora en la votación, o diferencia en los textos entre Senado y Cámara, lo que necesitaría una conciliación).
Por el momento, con la reforma tributaria, los colombianos han escuchado hablar de devolución de IVA, de 3 días sin IVA, de rebaja en la cotización del pensionado con un salario mínimo, de billonarios beneficios tributarios para muchos sectores o de la disminución del impuesto a empresas. Sin embargo, el proyecto tiene muchos detalles de hondo calado que poco se mencionan. Unos suman, pero la mayoría restan al recaudo, pues tienen una carácter distinto al recaudatorio.
Muchas preocupaciones causa entre algunos expertos el hecho de que en Colombia, el recaudo tributario sea bajo como proporción del PIB (producto interno bruto), lo que evidencia la existencia de abultados beneficios tributarios; de una alta evasión, y de otros tantos que pagan algo, pero aprovechan las vías abiertas que dejan las normas para disminuir el aporte al que están obligados (elusión).
Ahora, en esta reforma tributaria se aumenta la preocupación, toda vez que varias de las medidas recortan aún más el ingreso tributario, que es el que permite hacer obras y programas sociales para la gente.

Normas que restan ingresos

Entre los que restan al recaudo se puede mencionar la resurrección de la gabela a los magistrados y jueces de la República, la cual había sido derogada en la ley 1943. “Consideraba como renta exenta el 50 por ciento de los gastos de representación de los magistrados de los tribunales y de sus fiscales y del 25 por ciento para los jueces de la República. Ahora la reviven”, recuerdan los analistas tributarios de PwC.
Estéban Piedrahita, presidente de la Cámara de Comercio de Cali, se refirió a esa propuesta, pero en relación con la aplicación de la gabela a rectores de universidades privadas. “Ningún otro asalariado en Colombia tiene esa posibilidad. Al contrario, los impuestos los suben a personas, hay mayores tarifas en los rangos de ingresos más altos”.
En la ponencia, por ejemplo, se reduce del 15 al 10 por ciento la tarifa a los dividendos que se reparten los accionistas de una empresa, cuando superen las 300 UVT ($ 10,2 millones).
De igual manera, en la anterior ley se establecía una tarifa tributaria por la renta presuntiva (la que se presume que debe producir un determinado patrimonio). El pago, a partir del 2020, de dicha tarifa sería de 1,5 por ciento y de 0, desde el 2021. Entre las sumas y restas que se le han hecho a la ponencia en el trámite, la propuesta establece que para el 2020 se reducirá al 0,5 por ciento y se mantendrá en 0 desde el 2021.

Algo de lo que sube recaudo o tiene el fin de incentivar 

Las medidas alrededor de las megainversiones tendrían un efecto social. Por la gabela que les darán al hacer la inversión, ya no les exigirán generar 250 empleos nuevos, sino 300, los cuales, deben estar relacionados con la inversión. Un agregado en el transcurso del trámite, en este sentido, es el de permitir que haya megainversiones en Zonas Francas.
Así mismo, teniendo en cuenta que la realización de obras por impuestos, creado en la reforma del 2016, vencía en julio de este año, se retoma el tema en la nueva propuesta, para que a partir del 2020, los contribuyentes puedan acceder a ese régimen.
En lo referente al impuesto al patrimonio también hay ajustes. Así, “se adicionan contribuyentes de regímenes sustitutivos al del impuesto de renta”, señala PwC. Esto, en parte, es previendo que en el Régimen Simple de Tributación puedan haber grandes patrimonios.

Oportunidad para ajustar

Para los trabajadores independientes también hay. En la ponencia se aclaran puntos relacionados con la jurisprudencia emitida por la Corte Constitucional, en el sentido de que puedan “restar los costos y gastos asociados a las rentas de trabajo que provienen de honorarios y compensaciones de servicios personales. La norma advierte que esta posibilidad no se puede tomar de manera simultánea con el 25 por ciento de renta exenta (numeral 10, Artículo 206) que tienen los trabajadores”, señalan analistas de PwC.
Varias fechas también fueron ajustadas y otras medidas corregidas. Por ejemplo, se extiende el plazo, hasta el 31 de diciembre del 2020, para que los concejos municipales y distritales emitan Acuerdos que lleven a establecer las tarifas del ICA (impuesto de industria y comercio). Otra fecha ampliada es la de la inscripción al Régimen Simple, que ahora irá hasta el 31 de julio de 2020. Desde el 2021, será necesario inscribirse antes del 31 de enero.
Según explicó el director de la Dian, José Andrés Romero, la inscripción a este régimen se hace por periodos determinados porque “se trata de régimen optativo y a partir del primer bimestre hay que pagar anticipos”.
Se aclara también que el contribuyente que opte por el régimen simple deberá adoptar la factura electrónica dentro de los dos meses siguientes a su inscripción.
También la ampliación de plazos llega a los declarantes de renta. En el proyecto “se propone otorgar un plazo más amplio para corregir declaraciones tributarias cuando van a aumentar el impuesto a cargo o a disminuir el saldo a favor, pasando de 2 a 3 años”, señala PwC.

Qué hay en los artículos nuevos

Dentro de los artículos nuevos en la ponencia, se destaca uno que es considerado por algunos analistas como un ‘mico’. “Los funcionarios de la Auditoría General tendrán derecho a que se les reconozca y pague la bonificación especial denominada quinquenio, en las mismas condiciones en que se liquida y paga a los funcionarios de la Contraloría General”, lo que para los expertos, no tiene unidad de materia con el tema tributario.
Otra novedad es la que pone el ojo en el tan sonado cannabis. “Los recursos recaudados por concepto del impuesto nacional al consumo de cannabis se destinarán a la financiación de los proyectos vinculados Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito”, dice el texto de la ponencia.
MARTHA MORALES MANCHEGO
EL TIEMPO
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