LOS NUEVOS INFORMES DE AUDITORIA QUE VEREMOS A PARTIR DE AHORA

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Si tuviésemos sobre la mesa los informes de auditoría de dos sociedades con una opinión favorable, las únicas diferencias que podríamos encontrar en la mayoría de los casos serían: el nombre de la sociedad auditada, el de la sociedad de auditoría y la fecha de emisión informe.

Las normas técnicas y las normas internacionales de auditoría lo que buscaban era la uniformidad del informe, que se pudieran comparar independientemente de si una sociedad era una multinacional, una Pyme o si se encontrasen en sectores totalmente contrarios. Ocupaban uno o dos folios, ya que eran muy concretos. El lector iba directamente al párrafo de tipo de opinión y ya podía pasar a la siguiente hoja y empezar a analizar los estados financieros.

Durante los próximos meses vamos a sufrir cambios muy importantes a la hora de leer los informes y concretamente en las cuentas anuales de los ejercicios que se hayan iniciado a partir de 17 de Junio de 2016. La resolución del ICAC de 23 de diciembre de 2016, ha modificado las NIAS que afectan a los Informes siendo los cambios más destacados los siguientes:

Se manifestará expresamente la independencia del auditor respecto a la sociedad auditada.

  • Los párrafos serán más extensos proporcionando una mayor información, no sólo sobre la opinión.
  • Será menos estandarizado, los párrafos podrán encontrarse en diferentes ubicaciones e incluso podrá haber anexos.
  • Inclusión de un nuevo párrafo titulado “Aspectos más relevantes de auditoria” y en el caso de las entidades de interés público se llamará “Cuestiones clave de auditoría”.

Esta es la novedad más importante y que va a ser muy controvertida ya que en este párrafo o párrafos se tendrán que describir los riesgos considerados más significativos de la existencia de incorrecciones materiales (incluidas las debidas a fraude), un resumen de las respuestas del auditor a dichos riesgos y, en su caso, de las observaciones esenciales derivadas de los mencionados riesgos. Es decir, el auditor tendrá que informar a cualquier lector del informe, de los riesgos a los que la sociedad está mas expuesta. No quiere decir que los estados financieros tengan errores en relación a estos riesgos, quiere decir que es uno de los puntos más importantes en los que el auditor ha tenido que hacer un mayor trabajo para obtener una evidencia suficiente de que no existe una incorrección material. Por ello el auditor explicará en el párrafo cuál ha sido ese trabajo adicional que ha tenido que hacer.

Hay que destacar y diferenciar que estos “aspectos más relevantes de auditoría” no han afectado a la opinión y no son salvedades por errores. Además, de la normativa se desprende que es muy inusual que no existan riesgos significativos, por lo que en la mayoría de los informes habrá riesgos. Si tenemos en cuenta la experiencia de los informes en otros países de europa, en los que las sociedades de interés público tienen cuatro, cinco o seis riesgos significativos que se han mencionado en el informe, podríamos intuir que en España, las sociedades que no son de interés público podrían tener uno, dos o hasta tres riesgos en el informe.

En sectores como el del cereal o los equipos de fútbol el ejercicio contable no es el del año natural y cierran al 30 de junio. Por lo tanto las sociedades que han cerrado el 30 de junio de 2017 ya se verán sometidas a estos nuevos informes.

En conclusión, con el nuevo informe lo que se pretende es una mayor transparencia del trabajo realizado por el auditor y de la situación económica y financiera a fecha de cierre del ejercicio de la sociedad. Veremos en los próximos meses si se consigue el objetivo y si los auditores logran explicar a los usuarios potenciales del informe, como los miembros del órgano de administración, accionistas, responsables de administración o las entidades financieras, el verdadero sentido de la información emitida en el párrafo de “Aspectos más relevantes de auditoria”.

Os seguiremos informando.

 

Mikel Garcia

Auditor en ARL Auditores, SLP