Atención al Cliente: 918535632 | 608483042

Si quieres prepararte para formar parte del Cuerpo Nacional de Policía o de las Fuerzas Armadas o ya lo estas haciendo, sabrás que el tener un tatuaje puede influir negativamente en la valoración de tu candidatura. 

Los tatuajes pueden ser un impedimento para personas que quieran acceder a ciertos sectores del mercado laboral. También pueden crear problemas en los diferentes procesos de selección de ingreso directo a oposiciones, ya que pueden influir negativamente en la valoración de una candidatura para conseguir el apto. 

¿EN QUÉ OCASIONES PUEDEN SER PROBLEMÁTICOS LOS TATUAJES?

Se recoge como causa de exclusión de un proceso de selección el hecho de portar algún tatuaje que contenga mensajes, dibujos o símbolos vinculados a la violencia, ideologías políticas, racistas, sexistas, xenófobos, obscenos, que atenten contra valores constitucionales o deberes militares. El motivo de exclusión no redunda en la total prohibición de portar algún tatuaje, sino que es solo en estos casos en los que el contenido es problemático o quedan a la vista llevando cualquier uniforme. Por lo general si un tatuaje no se ve bajo el uniforme y no está relacionado con el contenido citado anteriormente, no debería suponer un problema para la oposición. Aún así debes tener en cuenta que uno de los uniformes reglamentarios es de manga corta, deja visible el antebrazo y tiene el cuello abierto. Para las mujeres también hay algunos uniformes con falda que dejan visibles las piernas.

EN DEFINITIVAsi tienes un tatuaje inapropiado en cualquier parte del cuerpo, quedarás excluido del proceso de selección. Si tienes uno apropiado y se ve con algún uniforme puede ser un inconveniente. Si tienes uno apropiado que no se ve con ningún uniforme (fuera de cabeza, cuello, brazos, manos y piernas para las mujeres), no tendrás problemas. 

En Tatualia nos encargamos de tu tatuaje para que tú solo tengas que preocuparte por la preparación de tu oposición.
  • Si estás pensando en opositar o ya has comenzado a hacerlo y deseas eliminar tu tatuaje, puedes contar con Tatualia. Puede que incluso no sea el único motivo por el que quieras eliminar un tatuaje que te hiciste, porque ya no te guste o haya quedado deteriorado. Si es así, es una buena opción someterte a un proceso de eliminación de tatuaje para que quede completamente borrado de tu piel. Una vez iniciado el tratamiento te entregaremos un certificado acreditando que estás recibiendo un tratamiento de eliminación de tatuaje, para que puedas demostrar que va a ser eliminado. De esta manera los posibles impedimentos que puedan surgir durante el proceso de selección derivados de la existencia de un tatuaje podrán ser solventados.

Fuerzas_Armadas_3

  • Para aspirar a obtener una plaza en el Cuerpo Nacional de Policía español se debe cumplir el siguiente requisito:

«Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil cuya denominación, composición y utilización se recogen en la Orden General número 12 de 28 de diciembre de 2009 («Boletín Oficial de la Guardia Civil» número 1, de 12 de enero de 2010) y en la Orden INT/77/2014, de 22 de enero, por la que se regula el uso general del uniforme del Cuerpo de la Guardia Civil y sus modificaciones posteriores.»

«Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas, inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de las Fuerzas Armadas, no especiales, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden ministerial 6/1989, de 20 de enero, todo ello de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo.»

Disponemos de BONOS de 6 sesiones de eliminación de tatuaje desde 200€ y sesiones individuales desde 40€. Infórmate aquí de todos nuestros PRECIOS. La primera consulta es gratuita. Localiza tu centro Tatualia más cercano y que nada te frene para conseguir tu objetivo.

Atención al Cliente: 918535632 | 608483042

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que tengas la mejor experiencia de usuario. Si continúas navegando estás dando tu consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies. Pincha en el enlace anterior si deseas más información. ACEPTAR

Aviso de cookies