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GUÍA LEGAL
BRASILPrincipales aspectos legales para invertir en Brasil.
GUÍA LEGAL BRASIL
INFORMACIÓN LEGAL
VEHÍCULOS LEGALES PARA EMPRENDER NEGOCIOS EN BRASIL
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA SOCIEDAD POR ACCIONES Y SOCIEDAD LIMITADA
PROCEDIMIENTOS DE CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA
REGISTRO DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA Y RÉGIMEN CAMBIARIO
RESTRICCIONES A LA INVERSIÓN EXTRANJERA
RÉGIMEN TRIBUTARIO
IMPUESTO SOBRE RENTA
PRINCIPALES IMPUESTOS ESTATALES, DEL DISTRITO FEDERAL Y MUNICIPALES
CARGOS MUNICIPALES
CONTRIBUCIONES SOCIALES
RÉGIMEN LABORAL
RELACIONES DE TRABAJO NO SUBORDINADAS
RELACIONES DE TRABAJO SUBORDINADAS
INCENTIVOS A LA INVERSIÓN
FIRMAS DE ABOGADOS
3
9
11
13
15
18
3
VEHÍCULOS LEGALES PARA EMPRENDER
NEGOCIOS EN BRASIL1
INFORMACIÓN LEGAL
Se considera brasileña toda sociedad que se constituya según las leyes de Brasil y que tenga su sede en ese país.
Los dos tipos societarios más utilizados son la sociedad limitada (S.L.) y la sociedad por acciones (S.A.)2
.
Tanto en la S.L. como en la S.A. se requieren por lo menos dos socios, que pueden ser personas naturales o
jurídicas, nacionales o extranjeras. El administrador de la sociedad y el apoderado de los socios extranjeros deben
ser brasileños, o en caso de ser extranjeros, contar con la visa de residente permanente.
Todos los socios no residentes en Brasil deben, por ley, nombrar a un apoderado residente en el país para
representarlos en los asuntos referentes a la sociedad, para inscribirlos en Hacienda y para recibir, en nombre
de los socios, citaciones judiciales o notificaciones judiciales. El administrador es el representante de la sociedad
ante terceros y quien asume deberes y derechos en nombre de la sociedad.
Las S.L. deben tener por lo menos un administrador. Las S.A. deben tener por lo menos dos administradores
(p.ej. directores) y facultativamente un Consejo de Administración, el cual debe contar con un mínimo de tres
miembros, compuesto por accionistas, que no tienen la representación de la sociedad, pero que pueden decidir
los asuntos internos y dar orden a los directores para que las cumplan.
Está prohibida cualquier distinción entre empresa de capital nacional y empresa de capital extranjero. No obstante,
subsisten algunas restricciones al capital extranjero en Brasil, principalmente en las actividades consideradas de
interés nacional, como correos, transporte por carretera, entre otros.
1
.http://www.camaraespanhola.org.br/sites/default/files/C%C3%B3mo%20Hacer%20Negocios%20en%20Brasil_0.pdf el 18 de junio de 2014.
2. La S.A. se denomina “por acciones” y no “anónima”, porque desde el año 1992 están prohibidas las acciones al portador por la ley brasileña: todos los accionistas deben estar identificados en el libro de accionistas.
4
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA S.A. Y DE LA S.L.
Concepto S.L. S.A.
Regulación Código Civil y Contrato Social. Ley N.º 6.404/76 y Estatuto Social.
Socios
Mínimo dos socios, personas jurídicas o
naturales. Puede tener socios extranjeros,
siempre y cuando sean representados por
un apoderado residente en el país.
Mínimo dos accionistas, personas jurídicas o físicas.
Puede tener socios extranjeros, siempre y cuando sean
representados por un apoderado residente en el país.
Responsabilidad de los
socios o accionistas
La responsabilidad del socio se limita al
valor de las cuotas que haya suscrito,
pero todos los socios responden por el
desembolso del capital social.
La responsabilidad del accionista se limita solamente al
precio de las acciones suscritas o adquiridas.
Capital social
El capital social se divide en cuotas que
pueden ser desembolsadas en bienes,
en moneda corriente nacional o en
derechos.
La legislación brasileña no prevé capital
mínimo.
A cada cuota se le atribuye un voto en
las deliberaciones sociales.
El capital social se representa por acciones, que pueden ser
desembolsadas en bienes, en moneda corriente nacional o
en derechos.
La legislación brasileña no prevé capital mínimo, sin
embargo el suscriptor del capital deberá realizar, como
entrada y en moneda corriente nacional, un valor mínimo
del 10% del precio de emisión de las acciones suscritas.
Las acciones pueden clasificarse en acciones ordinarias
(p.ej. con derecho a voto), acciones preferentes (p.ej. con
ventajas patrimoniales pudiendo o no tener derecho a voto
o a voto restringido) y acciones de participación (p.ej. con
derecho de participación en los resultados en situaciones
de amortización o reducción del capital social).
5
Concepto S.L. S.A.
Administración El órgano encargado de la administración
de la S.L. es el directorio, que debe estar
compuesto por uno o más miembros.
Los órganos de la administración son el Consejo de
Administración, el cual es obligatorio solamente para la
S.A. de capital abierto y el directorio.
El Consejo de Administración debe estar compuesto, como
mínimo, por tres miembros, que deben ser accionistas,
personas naturales, residentes o no en el país. En caso
de ser extranjeros, deberán estar representados por un
apoderado residente y domiciliado en Brasil.
El directorio, a su vez, debe estar compuesto como mínimo
por dos directores, accionistas o no, personas físicas
residentes en el país.
Quórum de aprobación El quórum básico para la aprobación de
asuntos relevantes en reunión o asamblea
de socios es del 75% del capital social.
El quórum básico para la aprobación de asuntos en
asamblea de accionistas es de más del 50% del capital
social.
6
La ley brasileña también establece otras formas de corporación, como los consorcios o tipos especiales de
sociedad. En estos casos, las partes tienen derechos y obligaciones individuales para el beneficio común del
grupo. Estas estructuras contractuales, normalmente son adoptadas para servir a propósitos específicos o para
empresas no corporativas.
Otro tipo de empresa, incluido en la ley brasileña, son las sociedades generales, que implican responsabilidad
ilimitada de los socios. Actualmente estas empresas son inusuales, porque algunos beneficios fiscales, de los
cuales se beneficiaron historialmente, se extendieron a otros tipos de empresas3
.
•	 Registro Mercantil:
	 La Junta Comercial es el organismo gubernamental encargado de llevar a cabo el registro de la constitución de
las nuevas empresas comerciales en Brasil, así como de todas las actividades de las mismas que requieran la
formalidad de registro. Hay una junta Comercial por cada estado brasileño y en el Distrito Federal. El registro
de la empresa debe ser hecho en la Junta respectiva del lugar en el que se instalará la sociedad. Las juntas
dependen de la Dirección Nacional de Registro de Empresas (DNRC), organismo vinculado al Ministerio de
Desarrollo, Industria y Comercio Exterior.
	 Muchos de los procesos llevados a cabo por las Juntas de Comercio pueden realizarse en línea. Con el
registro ante la Junta Comercial del lugar de jurisdicción de la sociedad, la empresa obtendrá el Número de
Identificación de Registro de Empresas (NIRE)4
.
PROCEDIMIENTOS DE CONSTITUCIÓN
DE UNA EMPRESA
3. Tomado de: http://www2.apexbrasil.com.br/es/investir-en-brasil/como-investir-en-brasil/como-estabelecer-un-negocio-en-brasil el 18 de junio de 2014.
4. Ley N.º 8.934 de noviembre de 1994, art. 2.
7
Para el registro del contrato social de la nueva empresa en la Junta Comercial, son necesarios los siguientes
documentos:
»» Contrato social firmado por los socios (p.ej. personalmente o por sus apoderados en Brasil).
»» Copias autenticadas en notaría, debidamente legalizadas y traducidas, del contrato o estatuto social de los
socios extranjeros.
»» Certificados que demuestren la existencia y regularidad de registro de los socios extranjeros, emitidos por el
registro de comercio del país donde tengan su matriz (p.ej. certificado de existencia y representación legal).
»» Poderes autenticados en notaría, debidamente legalizados y traducidos, a través de los cuales los socios
extranjeros otorgarán a sus representantes en Brasil los poderes para representarlos en cualquier órgano
o institución que se necesite.
»» Copias autenticadas de la identificación personal de los apoderados, socios y administradores domiciliados
en Brasil, y registro de residencia.
»» En caso de existir una empresa brasileña como socia, es necesario presentar copia del Cadastro Nacional de Pessoa
Jurídica (CNPJ), copia autenticada de su comprobante de dirección y copia del Contrato Social o Estatutos.
•	 Registro Fiscal:
	 La identificación tributaria de las sociedades en Brasil es el CNPJ y la otorgan las Secretarías del Ministerio
de Hacienda5
a nivel federal, estatal y municipal.
•	 Registro ante el Instituto de Seguridad Social (INSS):
	 Para dar cumplimiento a las obligaciones sobre seguridad social que establece la Ley.
5.
Tomado de: http://www.receita.fazenda.gov.br/PessoaJuridica/CNPJ/ConsulSitCadastralCNPJ.htm el 7 de febrero de 2014.
8
6. Tomado de: http://www.capital.sp.gov.br/portal/ el 7 de febrero de 2014.
7. Ley N.º 4.923 de 1965.
•	 Registro de contribuyentes municipales:
	 Se realiza ante las Secretarías Municipales de Finanzas. En algunos lugares de Brasil, este registro se puede
obtener a través de un formulario electrónico en línea, como es el caso de Sao Paulo6
.
•	 Licencias de funcionamiento:
	 La licencia de funcionamiento es un requisito previo para que las compañías que cuenten con un establecimiento
de comercio comiencen a operar. Estas licencias son otorgadas por las respectivas municipalidades. Sin embargo,
mientras esta es emitida, la compañía puede entrar en funcionamiento pagando la Tasa de Fiscalización de
Establecimientos - (TFE), a la Secretaría de Finanzas.
•	 Registro de los empleados en el programa de integración social (PIS):
	 Los PIS son las cotizaciones que pagan las empresas para financiar el seguro de desempleo y por lo tanto el
empleador es responsable del registro de los empleados en dicho programa. En la actualidad, el proceso de
asignación y registro de PIS, se realiza a través del banco Caixa Econômica Federal.
•	 Cuenta fondo de garantías de tiempo de servicio (FGTS):
	 En Brasil existe un fondo especial para los trabajadores llamado FGTS, que pretende garantizar una indemnización
a los trabajadores cuando se vean en situaciones de despido sin justa causa. Este funciona a través de una
cuenta a nombre de cada trabajador en el banco Brasil Caixa Econômica Federal, también conocido como
CEF. El saldo de la cuenta del FGTS está formado por las cuentas que el empleador debe abrir a nombre de
cada empleado, en las que se consignan los depósitos mensuales realizados por el empleador, equivalentes
al 8% del salario del empleado.
•	 Información al Ministerio de Trabajo:
	 El empleador debe informar al Ministerio de Trabajo de las nuevas contrataciones o despidos de empleados a
través de vía electrónica7
, así como realizar la inscripción de los posibles sindicatos.
9
REGISTRO DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA
Y RÉGIMEN CAMBIARIO8
8. Tomado de: http://www.camaraespanhola.org.br/sites/default/files/C%C3%B3mo%20Hacer%20Negocios%20en%20Brasil_0.pdf el 10 de junio de 2014 a las 8:44 a.m.
La Ley N.º 4.131/62 regula la aplicación de capitales extranjeros en Brasil y establece que son considerados
capitales extranjeros los bienes, máquinas y equipos que entren a Brasil destinados a la producción de bienes o
servicios, así como los recursos financieros o monetarios introducidos en el país, para aplicación en actividades
económicas pertenecientes a personas físicas o jurídicas residentes, domiciliadas o con sede en el exterior.
En general, en Brasil los capitales extranjeros reciben el mismo tratamiento concedido al capital nacional y,
actualmente, no hay establecido un capital mínimo para invertir en el país, ni tampoco un plazo mínimo para
que el capital sea mantenido en Brasil, excepto para actividades específicas.
En cualquier caso, es necesario que tales recursos sean registrados como inversión extranjera en el órgano
responsable del control y fiscalización de la entrada y salida de recursos financieros del país, que está representado
por el Banco Central de Brasil.
El registro de esos recursos otorga legalidad a la operación y autorizará que futuros pagos de beneficios,
dividendos o repatriación de capital puedan ser efectuados al inversionista.
Este registro es electrónico, razón por la cual no depende de la autorización previa del Banco Central de Brasil para
que sea realizado. En cualquier caso, deberán ser observadas las reglas específicas del “Manual del Declarante”,
que pone a disposición el Banco Central de Brasil, el cual podrá solicitar a las empresas implicadas aclaraciones
y/o documentación que pruebe la operación registrada en el plazo de hasta cinco años, contados desde la fecha
del registro.
Si el inversionista pretende aportar capital en una empresa ya constituida en Brasil, para que la inversión pueda
ser reconocida en Brasil se deberán cumplir las siguientes condiciones:
a). El inversionista deberá nombrar a un representante legal en el país, con poderes para recibir citaciones en su
	 nombre. Los poderes deberán cumplir con las formalidades exigidas por la ley.
10
b). El inversionista deberá registrarse en la Secretaría de la Receita Federal. Si se trata de una persona natural, deberá
obtener el Registro de Personas Naturales (CPF) y si se trata de una persona jurídica, deberá tener el CNPJ.
c). 	El inversionista y la empresa brasileña receptora de las inversiones necesitarán estar registrados en el Banco
	 Central de Brasil. En caso de que la empresa brasileña todavía no tenga inversiones registradas en el Banco
Central, será necesario solicitar la acreditación al Sistema de Información del Banco Central (SISBACEN)
por medio de la cual le será facilitado un código de acceso al sistema electrónico de registro de capitales
extranjeros del Banco Central de Brasil.
Una vez cumplidas tales condiciones, el inversionista podrá realizar remesas a título de inversión en empresas
brasileñas, excepto en los casos en que por el tipo de actividad a ser desarrollada, otras exigencias sean requeridas.
Para ingresar los fondos a Brasil, se deberá suscribir un “contrato de cambio” con una entidad financiera autorizada. El
“contrato de cambio” deberá reflejar la conversión de los recursos enviados en moneda extranjera y el equivalente en la
moneda legal (p.ej. en reales), de acuerdo con la tasa de conversión del día en que fue cerrada la operación de cambio.
Este contrato de cambio servirá de soporte legal para el registro de la correspondiente operación en el Banco Central
de Brasil y para la elaboración de los documentos societarios de la empresa brasileña receptora de las inversiones.
9.
Tomado de: http://www2.apexbrasil.com.br/es/investir-en-brasil/como-investir-en-brasil/como-estabelecer-un- negocio-en-brasil el 18 de junio de 2014.
RESTRICCIONES A LA INVERSIÓN EXTRANJERA9
Algunas actividades económicas como la salud pública, los servicios postales y de telégrafo, la energía nuclear,
los vuelos domésticos, los servicios sanitarios y las industrias aeroespaciales; no pueden involucrar empresas
con capital extranjero.
Por su parte, en las instituciones financieras y aseguradoras, solamente se permite una participación minoritaria.
También hay restricciones a la participación extranjera en actividades sujetas a control de seguridad nacional y en la
propiedad de tierras rurales y empresas en áreas de frontera.
11
RÉGIMEN TRIBUTARIO
El Impuesto sobre Renta de Individuos (IRPF) es recaudado sobre la renta de individuos, originada de fuentes
domésticas o extranjeras. Las tasas van de 15% a 27,5%, dependiendo de la renta. El impuesto recaudado
sobre la renta de empresas se llama Impuesto sobre Renta Corporativa (IRPJ) y es recaudado sobre beneficios y
ganancias de capital, generadas por operaciones en Brasil u otros países. El IRPJ generalmente se calcula sobre
el beneficio neto en operaciones de la empresa y otras bases aplicadas, son beneficios estimados e ingresos. La
renta tasable es igual a la renta neta, calculada sobre balances trimestrales o anuales, ajustada por adiciones y
deducciones bajo la legislación de impuesto sobre renta.
•	 Impuesto de Circulación (ICMS): es el principal impuesto estatal y se percibe sobre las operaciones relativas a la
circulación de mercancías, incluidas las importaciones en las rutas interestatales e interurbanas de transporte
y en los servicios de comunicación. Las tarifas van desde 7% a 25%. No aplica a las exportaciones.
•	 Impuesto sobre Propiedad de Tierras y Territorio Urbano (IPTU): de recaudo municipal, se cobra anualmente sobre
la propiedad de bienes inmuebles urbanos. La tasa varía de ciudad en ciudad, en un rango del 0,3% a 1,0%.
•	 Impuesto sobre Transferencia de Inmuebles (ITBI): es un impuesto municipal con una tasa progresiva del 2%
al 6% sobre el precio de venta. El comprador es responsable por el pago del impuesto.
•	 Impuesto sobre servicios de cualquier tipo (ISS): es un impuesto municipal que se aplica a los servicios
catalogados en la ley, que tiene como base gravable el costo del servicio prestado. Las tasas varían del 2% y
5%, dependiendo de la municipalidad y el tipo de servicio.
•	 La importación de servicios también está sujeta a la ISS.
PRINCIPALES IMPUESTOS ESTATALES, DEL
DISTRITO FEDERAL Y MUNICIPALES10
10.
Tomado de: http://www2.apexbrasil.com.br/es/investir-en-brasil/como-investir-en-brasil/sistema-fiscal el 7 de febrero de 2014 y de: http://www.deloitte.dbbrazil.com.br/show.aspx?idCanal=ZkZ6B9NpYZ6w2BKVYIE2s
el 7 de febrero de 2014.
IMPUESTO SOBRE RENTA
12
Las siguientes tasas se recaudan por ciudades y por el Distrito Federal:
•	 Impuesto sobre Propiedad de Tierras y Territorio Urbano (p.ej. impuesto sobre propiedad - IPTU).
•	 Impuesto sobre Transferencia de Inmuebles y Derecho a ellos relacionados (ITBI).
•	 Impuesto sobre Servicios de cualquier Tipo (ISS).
•	 El ISS se recauda sobre la provisión de algunos servicios listados en la ley federal. Como regla, la tasa promedio es de 5%.
El Gobierno Federal recauda las siguientes contribuciones para financiar programas sociales:
•	 Contribución Social sobre Beneficio Neto (CSSL) recaudada sobre el beneficio antes de calcularse el impuesto
sobre renta de acuerdo con la ley comercial. La tasa anual es de 9%.
•	 Contribución para Financiación de Seguridad Social (COFINS) cobrada mensualmente sobre el ingreso bruto
con las ventas de bienes y servicios. Las tasas son de 3% (cumulativa) y 7,6% (no cumulativa).
•	 Contribución para el Programa de Integración Social (PIS) cobrada mensualmente sobre el ingreso bruto con
las ventas de bienes y servicios. Las tasas son de 0,65% (cumulativa) y 1,65% (no cumulativa).
CARGOS MUNICIPALES
CONTRIBUCIONES SOCIALES
13
RÉGIMEN LABORAL11
Las reglas básicas que definen el régimen laboral de un trabajador en Brasil dependen de la forma en la que se
desarrolle la relación de trabajo. Las más frecuentes son:
Es requisito fundamental que no exista la subordinación jurídica característica del contrato de trabajo y que la
autonomía y la independencia financiera estén presentes en la relación. Existe un amplio abanico de relaciones
de trabajo no subordinadas, tales como:
•	 Relaciones societarias de directores estatutarios.
•	 Contratos de profesionales autónomos.
•	 Contratos de prestación de servicios con personas jurídicas.
•	 Prestación de servicios con cooperados de cooperativas.
•	 Contratos de representación comercial.
•	 Contrato de vendedor ambulante, entre otros.
Para cada tipo de relación no subordinada, es aplicable una legislación específica que define las condiciones de
contratación, la forma, los derechos y las obligaciones.
RELACIONES DE TRABAJO NO SUBORDINADAS
(P.EJ. AUTÓNOMAS)
11.
Tomado de: http://www.camaraespanhola.org.br/sites/default/files/C%C3%B3mo%20Hacer%20Negocios%20en%20Brasil_0.pdf el 18 de junio de 2014.
14
RELACIONES DE TRABAJO SUBORDINADAS
Es el tipo de relación laboral más desarrollada y utilizada en Brasil. La relación de empleo es aquella establecida
entre un empleador y un empleado. La ley define al empleado como un individuo que presta servicios de una
manera personal y continuada a una empresa, entidad o individuo, a cambio del pago de una retribución.
Las normas jurídicas que rigen la relación de empleo están establecidas en la Constitución Federal y en la
Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT).
Estas normas son complementadas por legislación especial laboral, por leyes de la previsión social y por los
convenios y acuerdos colectivos de trabajo, celebrados con la participación de sindicatos.
En Brasil, el contrato de trabajo es, por lo general, celebrado por plazo indefinido, con un período de prueba
máximo legal de 90 días. Sin embargo, existe el contrato de trabajo por plazo definido, hasta por un máximo de
dos años cuando se presenten requisitos que lo justifiquen.
15
El Gobierno brasileño otorga incentivos a nivel municipal, estatal y federal. La mayoría de los incentivos se
conceden con el cumplimiento de compromisos de inversión, empleo y otras cuestiones relevantes.
•	 PADIS – Programa para Desarrollo de la Industria de Semiconductores y Pantallas:
Este programa ha sido elaborado para empresas que invierten en I+D y producción en el sector estratégico de
semiconductores, pantallas y LED. Estas empresas pueden beneficiarse de la exención de IPI, PIS y COFINS,
sobre la adquisición de materias primas, bienes y software usados en sus actividades de manufactura e
investigación. El mismo tipo de exención puede aplicarse a la venta de sus productos manufacturados.
•	 PADTV – Programa para Desarrollo Tecnológico de la Industria de Equipamientos para TV Digital:
Empresas que invierten en I+D y en la fabricación de equipos para TV Digital pueden beneficiarse de la
exención de IPI, PIS y COFINS, sobre la adquisición de materias primas, bienes y software usados en sus
actividades de manufactura e investigación. El mismo tipo de exención puede aplicarse a la venta de sus
productos manufacturados.
•	 RECAP – Régimen Fiscal Especial para Adquisición de Bienes de Capital por Empresas de Exportación y Astilleros:
Empresas cuyos ingresos por exportaciones corresponden a más de 60% de sus ventas anuales en comparación
con el año anterior y astilleros brasileños, pueden calificar para la exención de PIS y COFINS, sobre bienes de
capital adquiridos (p.ej. importados o productos domésticos). Esta exención caducará en tres años contados
desde la fecha en que se concedió.
INCENTIVOS A LA INVERSIÓN
16
•	 REIDI – Régimen Especial de Incentivos para Desarrollo de Infraestructura:
El Gobierno concede la exención de PIS y COFINS a empresas de infraestructura que participan del Programa
de Aceleración del Crecimiento (PAC). Estas empresas pueden calificarse para beneficiarse de este régimen en
la adquisición de bienes, servicios de construcción y materiales, importados o adquiridos domésticamente, que
se incorporarán a sus activos inmuebles. La exención se aplica a proyectos de transporte, energía, irrigación y
sanitarios y caduca después de cinco años contados desde la fecha en que se la concedió.
•	 REMICEX – Régimen Fiscal Especial para Exportación de Paquetes:
Los ingresos por las ventas de materiales de envase, por parte de compradores extranjeros están exentos
de PIS y COFINS bajo REMICEX. El beneficio debe requerirse en el Servicio de Hacienda Pública de Brasil en
conformidad con reglas específicas, y se aplica a productos exportados en hasta 180 días.
•	 REPENEC – Régimen Especial de Incentivo para Desarrollo de Infraestructura de la Industria de Petróleo
en el norte, noreste y centro-oeste de Brasil:
Proyectos de infraestructura desarrollados para la industria de petróleo de las regiones norte, noreste
y centro-oeste de Brasil tienen un régimen fiscal especial. Empresas elegibles deben ubicarse en estas regiones.
Incentivos fiscales se aplican a la importación y adquisición de nuevas maquinarias, equipamientos, herramientas
y dispositivos, bien como a materiales de construcción a usarse o aplicarse a infraestructura que se debe
incorporar a los activos inmuebles de tales empresas.
»» Suspensión de PIS y COFINS cobrados sobre las ventas de bienes y servicios a empresas que se benefician
de REPENEC.
»» Suspensión de PIS y COFINS cobrados sobre la importación de bienes y servicios a proyectos que se benefician
de REPENEC.
»» Suspensión del impuesto federal cobrado sobre importaciones y adquisiciones domésticas.
17
•	 REPORTO – Régimen Fiscal con Incentivos para Modernizar y Amplificar la Estructura Portuaria
de Brasil:
Es un procedimiento aduanero especial que establece la exención del Impuesto sobre Productos Industrializados
(IPI), de contribuciones como PIS y COFINS y, en algunos casos, del Impuesto sobre Importación, con tal de que
los equipos adquiridos, que pueden haber sido importados o comprados domésticamente, no tengan equivalente
nacional. Este régimen fiscal fue formulado para beneficiar operadores, concesionarios y arrendatarios de
puertos, bien como las empresas con permiso para explorar instalaciones privadas de puertos. Este beneficio
se ha extendido recientemente a concesionarios de ferrocarriles y empresas de dragado.
»» Suspensión de impuestos de importación.
»» Suspensión de PIS y COFINS cobrados sobre ingresos con arrendamiento relacionados a maquinarias,
	 equipos, herramientas y dispositivos a usarse en proyectos y REPENEC, si el arrendatario se beneficia 		
	 de REPENEC.
•	 REPES – Régimen Fiscal Especial para Servicios de Exportación de Tecnología de Información (TI):
	 Este régimen fiscal especial se formuló para beneficiar a empresas que trabajan exclusivamente en desarrollo
de software y en la provisión de servicios de tecnología de información. La adquisición de bienes y servicios
de TI está exenta de PIS y COFINS dentro del sistema REPES. También es posible importar bienes exentos de
IPI para los cuales no hay producto nacional similar. Las empresas elegibles deben comprometerse a exportar
más del 80% de su ingreso anual bruto relacionado a la venta de bienes y servicios. Empresas cuyos ingresos
se han sometido al régimen de PIS y COFINS acumulados o que operan bajo el sistema fiscal simplificado,
conocido como Simples Nacional, no tienen derecho a participar de REPES.
FIRMAS DE ABOGADOS
Jones Day
Web: http://www.jonesday.com
Teléfono: +55 11 3018 3939 - Fax: +55 11 3018 3938
E-Mail: lriesgo@jonesday.com
Luiz Guilherme Gomes Primos
Web: http://www.primoseprimos.com.br
Teléfono: +55 11 3107 0765
E-Mail: info@primoseprimos.com.br
KLA-Koury Lopes Advogados
Web: http://www.klalaw.com.br
Teléfono: + 55 11 3799 8100 - Fax: + 55 11 3799
8200
Web: http://www.klalaw.com.br/contato.php
Miguel Neto Advogados
Web: http://www.miguelneto.com.br
Teléfono: +55 11 5502 1200
Web:http://www.miguelneto.com.br/Fale-
conosco.html
Siqueira Castro — Advogados
Web:http://www.siqueiracastro.com.br/
Paginas/default.aspx*
Teléfono: +55 11 3704 9840
Fax +55 11 3704 9848
Web:http://www.siqueiracastro.com.br/
FaleConosco/Lists/FaleConosco/Contato.aspx
Baptista Luz, Gimenez e Freitas Advogados
Web: http://www.baptistaluz.com.br/
Teléfono: +55 11 3049 7950
Fax: 55 11 3049 7953
Web : ht t p : // w w w. baptis t aluz .c om .
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Aspectos legales en Brasil

  • 1. PROCOLOMBIA.CO GUÍA LEGAL BRASILPrincipales aspectos legales para invertir en Brasil.
  • 2. GUÍA LEGAL BRASIL INFORMACIÓN LEGAL VEHÍCULOS LEGALES PARA EMPRENDER NEGOCIOS EN BRASIL PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA SOCIEDAD POR ACCIONES Y SOCIEDAD LIMITADA PROCEDIMIENTOS DE CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA REGISTRO DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA Y RÉGIMEN CAMBIARIO RESTRICCIONES A LA INVERSIÓN EXTRANJERA RÉGIMEN TRIBUTARIO IMPUESTO SOBRE RENTA PRINCIPALES IMPUESTOS ESTATALES, DEL DISTRITO FEDERAL Y MUNICIPALES CARGOS MUNICIPALES CONTRIBUCIONES SOCIALES RÉGIMEN LABORAL RELACIONES DE TRABAJO NO SUBORDINADAS RELACIONES DE TRABAJO SUBORDINADAS INCENTIVOS A LA INVERSIÓN FIRMAS DE ABOGADOS 3 9 11 13 15 18
  • 3. 3 VEHÍCULOS LEGALES PARA EMPRENDER NEGOCIOS EN BRASIL1 INFORMACIÓN LEGAL Se considera brasileña toda sociedad que se constituya según las leyes de Brasil y que tenga su sede en ese país. Los dos tipos societarios más utilizados son la sociedad limitada (S.L.) y la sociedad por acciones (S.A.)2 . Tanto en la S.L. como en la S.A. se requieren por lo menos dos socios, que pueden ser personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras. El administrador de la sociedad y el apoderado de los socios extranjeros deben ser brasileños, o en caso de ser extranjeros, contar con la visa de residente permanente. Todos los socios no residentes en Brasil deben, por ley, nombrar a un apoderado residente en el país para representarlos en los asuntos referentes a la sociedad, para inscribirlos en Hacienda y para recibir, en nombre de los socios, citaciones judiciales o notificaciones judiciales. El administrador es el representante de la sociedad ante terceros y quien asume deberes y derechos en nombre de la sociedad. Las S.L. deben tener por lo menos un administrador. Las S.A. deben tener por lo menos dos administradores (p.ej. directores) y facultativamente un Consejo de Administración, el cual debe contar con un mínimo de tres miembros, compuesto por accionistas, que no tienen la representación de la sociedad, pero que pueden decidir los asuntos internos y dar orden a los directores para que las cumplan. Está prohibida cualquier distinción entre empresa de capital nacional y empresa de capital extranjero. No obstante, subsisten algunas restricciones al capital extranjero en Brasil, principalmente en las actividades consideradas de interés nacional, como correos, transporte por carretera, entre otros. 1 .http://www.camaraespanhola.org.br/sites/default/files/C%C3%B3mo%20Hacer%20Negocios%20en%20Brasil_0.pdf el 18 de junio de 2014. 2. La S.A. se denomina “por acciones” y no “anónima”, porque desde el año 1992 están prohibidas las acciones al portador por la ley brasileña: todos los accionistas deben estar identificados en el libro de accionistas.
  • 4. 4 PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA S.A. Y DE LA S.L. Concepto S.L. S.A. Regulación Código Civil y Contrato Social. Ley N.º 6.404/76 y Estatuto Social. Socios Mínimo dos socios, personas jurídicas o naturales. Puede tener socios extranjeros, siempre y cuando sean representados por un apoderado residente en el país. Mínimo dos accionistas, personas jurídicas o físicas. Puede tener socios extranjeros, siempre y cuando sean representados por un apoderado residente en el país. Responsabilidad de los socios o accionistas La responsabilidad del socio se limita al valor de las cuotas que haya suscrito, pero todos los socios responden por el desembolso del capital social. La responsabilidad del accionista se limita solamente al precio de las acciones suscritas o adquiridas. Capital social El capital social se divide en cuotas que pueden ser desembolsadas en bienes, en moneda corriente nacional o en derechos. La legislación brasileña no prevé capital mínimo. A cada cuota se le atribuye un voto en las deliberaciones sociales. El capital social se representa por acciones, que pueden ser desembolsadas en bienes, en moneda corriente nacional o en derechos. La legislación brasileña no prevé capital mínimo, sin embargo el suscriptor del capital deberá realizar, como entrada y en moneda corriente nacional, un valor mínimo del 10% del precio de emisión de las acciones suscritas. Las acciones pueden clasificarse en acciones ordinarias (p.ej. con derecho a voto), acciones preferentes (p.ej. con ventajas patrimoniales pudiendo o no tener derecho a voto o a voto restringido) y acciones de participación (p.ej. con derecho de participación en los resultados en situaciones de amortización o reducción del capital social).
  • 5. 5 Concepto S.L. S.A. Administración El órgano encargado de la administración de la S.L. es el directorio, que debe estar compuesto por uno o más miembros. Los órganos de la administración son el Consejo de Administración, el cual es obligatorio solamente para la S.A. de capital abierto y el directorio. El Consejo de Administración debe estar compuesto, como mínimo, por tres miembros, que deben ser accionistas, personas naturales, residentes o no en el país. En caso de ser extranjeros, deberán estar representados por un apoderado residente y domiciliado en Brasil. El directorio, a su vez, debe estar compuesto como mínimo por dos directores, accionistas o no, personas físicas residentes en el país. Quórum de aprobación El quórum básico para la aprobación de asuntos relevantes en reunión o asamblea de socios es del 75% del capital social. El quórum básico para la aprobación de asuntos en asamblea de accionistas es de más del 50% del capital social.
  • 6. 6 La ley brasileña también establece otras formas de corporación, como los consorcios o tipos especiales de sociedad. En estos casos, las partes tienen derechos y obligaciones individuales para el beneficio común del grupo. Estas estructuras contractuales, normalmente son adoptadas para servir a propósitos específicos o para empresas no corporativas. Otro tipo de empresa, incluido en la ley brasileña, son las sociedades generales, que implican responsabilidad ilimitada de los socios. Actualmente estas empresas son inusuales, porque algunos beneficios fiscales, de los cuales se beneficiaron historialmente, se extendieron a otros tipos de empresas3 . • Registro Mercantil: La Junta Comercial es el organismo gubernamental encargado de llevar a cabo el registro de la constitución de las nuevas empresas comerciales en Brasil, así como de todas las actividades de las mismas que requieran la formalidad de registro. Hay una junta Comercial por cada estado brasileño y en el Distrito Federal. El registro de la empresa debe ser hecho en la Junta respectiva del lugar en el que se instalará la sociedad. Las juntas dependen de la Dirección Nacional de Registro de Empresas (DNRC), organismo vinculado al Ministerio de Desarrollo, Industria y Comercio Exterior. Muchos de los procesos llevados a cabo por las Juntas de Comercio pueden realizarse en línea. Con el registro ante la Junta Comercial del lugar de jurisdicción de la sociedad, la empresa obtendrá el Número de Identificación de Registro de Empresas (NIRE)4 . PROCEDIMIENTOS DE CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA 3. Tomado de: http://www2.apexbrasil.com.br/es/investir-en-brasil/como-investir-en-brasil/como-estabelecer-un-negocio-en-brasil el 18 de junio de 2014. 4. Ley N.º 8.934 de noviembre de 1994, art. 2.
  • 7. 7 Para el registro del contrato social de la nueva empresa en la Junta Comercial, son necesarios los siguientes documentos: »» Contrato social firmado por los socios (p.ej. personalmente o por sus apoderados en Brasil). »» Copias autenticadas en notaría, debidamente legalizadas y traducidas, del contrato o estatuto social de los socios extranjeros. »» Certificados que demuestren la existencia y regularidad de registro de los socios extranjeros, emitidos por el registro de comercio del país donde tengan su matriz (p.ej. certificado de existencia y representación legal). »» Poderes autenticados en notaría, debidamente legalizados y traducidos, a través de los cuales los socios extranjeros otorgarán a sus representantes en Brasil los poderes para representarlos en cualquier órgano o institución que se necesite. »» Copias autenticadas de la identificación personal de los apoderados, socios y administradores domiciliados en Brasil, y registro de residencia. »» En caso de existir una empresa brasileña como socia, es necesario presentar copia del Cadastro Nacional de Pessoa Jurídica (CNPJ), copia autenticada de su comprobante de dirección y copia del Contrato Social o Estatutos. • Registro Fiscal: La identificación tributaria de las sociedades en Brasil es el CNPJ y la otorgan las Secretarías del Ministerio de Hacienda5 a nivel federal, estatal y municipal. • Registro ante el Instituto de Seguridad Social (INSS): Para dar cumplimiento a las obligaciones sobre seguridad social que establece la Ley. 5. Tomado de: http://www.receita.fazenda.gov.br/PessoaJuridica/CNPJ/ConsulSitCadastralCNPJ.htm el 7 de febrero de 2014.
  • 8. 8 6. Tomado de: http://www.capital.sp.gov.br/portal/ el 7 de febrero de 2014. 7. Ley N.º 4.923 de 1965. • Registro de contribuyentes municipales: Se realiza ante las Secretarías Municipales de Finanzas. En algunos lugares de Brasil, este registro se puede obtener a través de un formulario electrónico en línea, como es el caso de Sao Paulo6 . • Licencias de funcionamiento: La licencia de funcionamiento es un requisito previo para que las compañías que cuenten con un establecimiento de comercio comiencen a operar. Estas licencias son otorgadas por las respectivas municipalidades. Sin embargo, mientras esta es emitida, la compañía puede entrar en funcionamiento pagando la Tasa de Fiscalización de Establecimientos - (TFE), a la Secretaría de Finanzas. • Registro de los empleados en el programa de integración social (PIS): Los PIS son las cotizaciones que pagan las empresas para financiar el seguro de desempleo y por lo tanto el empleador es responsable del registro de los empleados en dicho programa. En la actualidad, el proceso de asignación y registro de PIS, se realiza a través del banco Caixa Econômica Federal. • Cuenta fondo de garantías de tiempo de servicio (FGTS): En Brasil existe un fondo especial para los trabajadores llamado FGTS, que pretende garantizar una indemnización a los trabajadores cuando se vean en situaciones de despido sin justa causa. Este funciona a través de una cuenta a nombre de cada trabajador en el banco Brasil Caixa Econômica Federal, también conocido como CEF. El saldo de la cuenta del FGTS está formado por las cuentas que el empleador debe abrir a nombre de cada empleado, en las que se consignan los depósitos mensuales realizados por el empleador, equivalentes al 8% del salario del empleado. • Información al Ministerio de Trabajo: El empleador debe informar al Ministerio de Trabajo de las nuevas contrataciones o despidos de empleados a través de vía electrónica7 , así como realizar la inscripción de los posibles sindicatos.
  • 9. 9 REGISTRO DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA Y RÉGIMEN CAMBIARIO8 8. Tomado de: http://www.camaraespanhola.org.br/sites/default/files/C%C3%B3mo%20Hacer%20Negocios%20en%20Brasil_0.pdf el 10 de junio de 2014 a las 8:44 a.m. La Ley N.º 4.131/62 regula la aplicación de capitales extranjeros en Brasil y establece que son considerados capitales extranjeros los bienes, máquinas y equipos que entren a Brasil destinados a la producción de bienes o servicios, así como los recursos financieros o monetarios introducidos en el país, para aplicación en actividades económicas pertenecientes a personas físicas o jurídicas residentes, domiciliadas o con sede en el exterior. En general, en Brasil los capitales extranjeros reciben el mismo tratamiento concedido al capital nacional y, actualmente, no hay establecido un capital mínimo para invertir en el país, ni tampoco un plazo mínimo para que el capital sea mantenido en Brasil, excepto para actividades específicas. En cualquier caso, es necesario que tales recursos sean registrados como inversión extranjera en el órgano responsable del control y fiscalización de la entrada y salida de recursos financieros del país, que está representado por el Banco Central de Brasil. El registro de esos recursos otorga legalidad a la operación y autorizará que futuros pagos de beneficios, dividendos o repatriación de capital puedan ser efectuados al inversionista. Este registro es electrónico, razón por la cual no depende de la autorización previa del Banco Central de Brasil para que sea realizado. En cualquier caso, deberán ser observadas las reglas específicas del “Manual del Declarante”, que pone a disposición el Banco Central de Brasil, el cual podrá solicitar a las empresas implicadas aclaraciones y/o documentación que pruebe la operación registrada en el plazo de hasta cinco años, contados desde la fecha del registro. Si el inversionista pretende aportar capital en una empresa ya constituida en Brasil, para que la inversión pueda ser reconocida en Brasil se deberán cumplir las siguientes condiciones: a). El inversionista deberá nombrar a un representante legal en el país, con poderes para recibir citaciones en su nombre. Los poderes deberán cumplir con las formalidades exigidas por la ley.
  • 10. 10 b). El inversionista deberá registrarse en la Secretaría de la Receita Federal. Si se trata de una persona natural, deberá obtener el Registro de Personas Naturales (CPF) y si se trata de una persona jurídica, deberá tener el CNPJ. c). El inversionista y la empresa brasileña receptora de las inversiones necesitarán estar registrados en el Banco Central de Brasil. En caso de que la empresa brasileña todavía no tenga inversiones registradas en el Banco Central, será necesario solicitar la acreditación al Sistema de Información del Banco Central (SISBACEN) por medio de la cual le será facilitado un código de acceso al sistema electrónico de registro de capitales extranjeros del Banco Central de Brasil. Una vez cumplidas tales condiciones, el inversionista podrá realizar remesas a título de inversión en empresas brasileñas, excepto en los casos en que por el tipo de actividad a ser desarrollada, otras exigencias sean requeridas. Para ingresar los fondos a Brasil, se deberá suscribir un “contrato de cambio” con una entidad financiera autorizada. El “contrato de cambio” deberá reflejar la conversión de los recursos enviados en moneda extranjera y el equivalente en la moneda legal (p.ej. en reales), de acuerdo con la tasa de conversión del día en que fue cerrada la operación de cambio. Este contrato de cambio servirá de soporte legal para el registro de la correspondiente operación en el Banco Central de Brasil y para la elaboración de los documentos societarios de la empresa brasileña receptora de las inversiones. 9. Tomado de: http://www2.apexbrasil.com.br/es/investir-en-brasil/como-investir-en-brasil/como-estabelecer-un- negocio-en-brasil el 18 de junio de 2014. RESTRICCIONES A LA INVERSIÓN EXTRANJERA9 Algunas actividades económicas como la salud pública, los servicios postales y de telégrafo, la energía nuclear, los vuelos domésticos, los servicios sanitarios y las industrias aeroespaciales; no pueden involucrar empresas con capital extranjero. Por su parte, en las instituciones financieras y aseguradoras, solamente se permite una participación minoritaria. También hay restricciones a la participación extranjera en actividades sujetas a control de seguridad nacional y en la propiedad de tierras rurales y empresas en áreas de frontera.
  • 11. 11 RÉGIMEN TRIBUTARIO El Impuesto sobre Renta de Individuos (IRPF) es recaudado sobre la renta de individuos, originada de fuentes domésticas o extranjeras. Las tasas van de 15% a 27,5%, dependiendo de la renta. El impuesto recaudado sobre la renta de empresas se llama Impuesto sobre Renta Corporativa (IRPJ) y es recaudado sobre beneficios y ganancias de capital, generadas por operaciones en Brasil u otros países. El IRPJ generalmente se calcula sobre el beneficio neto en operaciones de la empresa y otras bases aplicadas, son beneficios estimados e ingresos. La renta tasable es igual a la renta neta, calculada sobre balances trimestrales o anuales, ajustada por adiciones y deducciones bajo la legislación de impuesto sobre renta. • Impuesto de Circulación (ICMS): es el principal impuesto estatal y se percibe sobre las operaciones relativas a la circulación de mercancías, incluidas las importaciones en las rutas interestatales e interurbanas de transporte y en los servicios de comunicación. Las tarifas van desde 7% a 25%. No aplica a las exportaciones. • Impuesto sobre Propiedad de Tierras y Territorio Urbano (IPTU): de recaudo municipal, se cobra anualmente sobre la propiedad de bienes inmuebles urbanos. La tasa varía de ciudad en ciudad, en un rango del 0,3% a 1,0%. • Impuesto sobre Transferencia de Inmuebles (ITBI): es un impuesto municipal con una tasa progresiva del 2% al 6% sobre el precio de venta. El comprador es responsable por el pago del impuesto. • Impuesto sobre servicios de cualquier tipo (ISS): es un impuesto municipal que se aplica a los servicios catalogados en la ley, que tiene como base gravable el costo del servicio prestado. Las tasas varían del 2% y 5%, dependiendo de la municipalidad y el tipo de servicio. • La importación de servicios también está sujeta a la ISS. PRINCIPALES IMPUESTOS ESTATALES, DEL DISTRITO FEDERAL Y MUNICIPALES10 10. Tomado de: http://www2.apexbrasil.com.br/es/investir-en-brasil/como-investir-en-brasil/sistema-fiscal el 7 de febrero de 2014 y de: http://www.deloitte.dbbrazil.com.br/show.aspx?idCanal=ZkZ6B9NpYZ6w2BKVYIE2s el 7 de febrero de 2014. IMPUESTO SOBRE RENTA
  • 12. 12 Las siguientes tasas se recaudan por ciudades y por el Distrito Federal: • Impuesto sobre Propiedad de Tierras y Territorio Urbano (p.ej. impuesto sobre propiedad - IPTU). • Impuesto sobre Transferencia de Inmuebles y Derecho a ellos relacionados (ITBI). • Impuesto sobre Servicios de cualquier Tipo (ISS). • El ISS se recauda sobre la provisión de algunos servicios listados en la ley federal. Como regla, la tasa promedio es de 5%. El Gobierno Federal recauda las siguientes contribuciones para financiar programas sociales: • Contribución Social sobre Beneficio Neto (CSSL) recaudada sobre el beneficio antes de calcularse el impuesto sobre renta de acuerdo con la ley comercial. La tasa anual es de 9%. • Contribución para Financiación de Seguridad Social (COFINS) cobrada mensualmente sobre el ingreso bruto con las ventas de bienes y servicios. Las tasas son de 3% (cumulativa) y 7,6% (no cumulativa). • Contribución para el Programa de Integración Social (PIS) cobrada mensualmente sobre el ingreso bruto con las ventas de bienes y servicios. Las tasas son de 0,65% (cumulativa) y 1,65% (no cumulativa). CARGOS MUNICIPALES CONTRIBUCIONES SOCIALES
  • 13. 13 RÉGIMEN LABORAL11 Las reglas básicas que definen el régimen laboral de un trabajador en Brasil dependen de la forma en la que se desarrolle la relación de trabajo. Las más frecuentes son: Es requisito fundamental que no exista la subordinación jurídica característica del contrato de trabajo y que la autonomía y la independencia financiera estén presentes en la relación. Existe un amplio abanico de relaciones de trabajo no subordinadas, tales como: • Relaciones societarias de directores estatutarios. • Contratos de profesionales autónomos. • Contratos de prestación de servicios con personas jurídicas. • Prestación de servicios con cooperados de cooperativas. • Contratos de representación comercial. • Contrato de vendedor ambulante, entre otros. Para cada tipo de relación no subordinada, es aplicable una legislación específica que define las condiciones de contratación, la forma, los derechos y las obligaciones. RELACIONES DE TRABAJO NO SUBORDINADAS (P.EJ. AUTÓNOMAS) 11. Tomado de: http://www.camaraespanhola.org.br/sites/default/files/C%C3%B3mo%20Hacer%20Negocios%20en%20Brasil_0.pdf el 18 de junio de 2014.
  • 14. 14 RELACIONES DE TRABAJO SUBORDINADAS Es el tipo de relación laboral más desarrollada y utilizada en Brasil. La relación de empleo es aquella establecida entre un empleador y un empleado. La ley define al empleado como un individuo que presta servicios de una manera personal y continuada a una empresa, entidad o individuo, a cambio del pago de una retribución. Las normas jurídicas que rigen la relación de empleo están establecidas en la Constitución Federal y en la Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT). Estas normas son complementadas por legislación especial laboral, por leyes de la previsión social y por los convenios y acuerdos colectivos de trabajo, celebrados con la participación de sindicatos. En Brasil, el contrato de trabajo es, por lo general, celebrado por plazo indefinido, con un período de prueba máximo legal de 90 días. Sin embargo, existe el contrato de trabajo por plazo definido, hasta por un máximo de dos años cuando se presenten requisitos que lo justifiquen.
  • 15. 15 El Gobierno brasileño otorga incentivos a nivel municipal, estatal y federal. La mayoría de los incentivos se conceden con el cumplimiento de compromisos de inversión, empleo y otras cuestiones relevantes. • PADIS – Programa para Desarrollo de la Industria de Semiconductores y Pantallas: Este programa ha sido elaborado para empresas que invierten en I+D y producción en el sector estratégico de semiconductores, pantallas y LED. Estas empresas pueden beneficiarse de la exención de IPI, PIS y COFINS, sobre la adquisición de materias primas, bienes y software usados en sus actividades de manufactura e investigación. El mismo tipo de exención puede aplicarse a la venta de sus productos manufacturados. • PADTV – Programa para Desarrollo Tecnológico de la Industria de Equipamientos para TV Digital: Empresas que invierten en I+D y en la fabricación de equipos para TV Digital pueden beneficiarse de la exención de IPI, PIS y COFINS, sobre la adquisición de materias primas, bienes y software usados en sus actividades de manufactura e investigación. El mismo tipo de exención puede aplicarse a la venta de sus productos manufacturados. • RECAP – Régimen Fiscal Especial para Adquisición de Bienes de Capital por Empresas de Exportación y Astilleros: Empresas cuyos ingresos por exportaciones corresponden a más de 60% de sus ventas anuales en comparación con el año anterior y astilleros brasileños, pueden calificar para la exención de PIS y COFINS, sobre bienes de capital adquiridos (p.ej. importados o productos domésticos). Esta exención caducará en tres años contados desde la fecha en que se concedió. INCENTIVOS A LA INVERSIÓN
  • 16. 16 • REIDI – Régimen Especial de Incentivos para Desarrollo de Infraestructura: El Gobierno concede la exención de PIS y COFINS a empresas de infraestructura que participan del Programa de Aceleración del Crecimiento (PAC). Estas empresas pueden calificarse para beneficiarse de este régimen en la adquisición de bienes, servicios de construcción y materiales, importados o adquiridos domésticamente, que se incorporarán a sus activos inmuebles. La exención se aplica a proyectos de transporte, energía, irrigación y sanitarios y caduca después de cinco años contados desde la fecha en que se la concedió. • REMICEX – Régimen Fiscal Especial para Exportación de Paquetes: Los ingresos por las ventas de materiales de envase, por parte de compradores extranjeros están exentos de PIS y COFINS bajo REMICEX. El beneficio debe requerirse en el Servicio de Hacienda Pública de Brasil en conformidad con reglas específicas, y se aplica a productos exportados en hasta 180 días. • REPENEC – Régimen Especial de Incentivo para Desarrollo de Infraestructura de la Industria de Petróleo en el norte, noreste y centro-oeste de Brasil: Proyectos de infraestructura desarrollados para la industria de petróleo de las regiones norte, noreste y centro-oeste de Brasil tienen un régimen fiscal especial. Empresas elegibles deben ubicarse en estas regiones. Incentivos fiscales se aplican a la importación y adquisición de nuevas maquinarias, equipamientos, herramientas y dispositivos, bien como a materiales de construcción a usarse o aplicarse a infraestructura que se debe incorporar a los activos inmuebles de tales empresas. »» Suspensión de PIS y COFINS cobrados sobre las ventas de bienes y servicios a empresas que se benefician de REPENEC. »» Suspensión de PIS y COFINS cobrados sobre la importación de bienes y servicios a proyectos que se benefician de REPENEC. »» Suspensión del impuesto federal cobrado sobre importaciones y adquisiciones domésticas.
  • 17. 17 • REPORTO – Régimen Fiscal con Incentivos para Modernizar y Amplificar la Estructura Portuaria de Brasil: Es un procedimiento aduanero especial que establece la exención del Impuesto sobre Productos Industrializados (IPI), de contribuciones como PIS y COFINS y, en algunos casos, del Impuesto sobre Importación, con tal de que los equipos adquiridos, que pueden haber sido importados o comprados domésticamente, no tengan equivalente nacional. Este régimen fiscal fue formulado para beneficiar operadores, concesionarios y arrendatarios de puertos, bien como las empresas con permiso para explorar instalaciones privadas de puertos. Este beneficio se ha extendido recientemente a concesionarios de ferrocarriles y empresas de dragado. »» Suspensión de impuestos de importación. »» Suspensión de PIS y COFINS cobrados sobre ingresos con arrendamiento relacionados a maquinarias, equipos, herramientas y dispositivos a usarse en proyectos y REPENEC, si el arrendatario se beneficia de REPENEC. • REPES – Régimen Fiscal Especial para Servicios de Exportación de Tecnología de Información (TI): Este régimen fiscal especial se formuló para beneficiar a empresas que trabajan exclusivamente en desarrollo de software y en la provisión de servicios de tecnología de información. La adquisición de bienes y servicios de TI está exenta de PIS y COFINS dentro del sistema REPES. También es posible importar bienes exentos de IPI para los cuales no hay producto nacional similar. Las empresas elegibles deben comprometerse a exportar más del 80% de su ingreso anual bruto relacionado a la venta de bienes y servicios. Empresas cuyos ingresos se han sometido al régimen de PIS y COFINS acumulados o que operan bajo el sistema fiscal simplificado, conocido como Simples Nacional, no tienen derecho a participar de REPES.
  • 18. FIRMAS DE ABOGADOS Jones Day Web: http://www.jonesday.com Teléfono: +55 11 3018 3939 - Fax: +55 11 3018 3938 E-Mail: lriesgo@jonesday.com Luiz Guilherme Gomes Primos Web: http://www.primoseprimos.com.br Teléfono: +55 11 3107 0765 E-Mail: info@primoseprimos.com.br KLA-Koury Lopes Advogados Web: http://www.klalaw.com.br Teléfono: + 55 11 3799 8100 - Fax: + 55 11 3799 8200 Web: http://www.klalaw.com.br/contato.php Miguel Neto Advogados Web: http://www.miguelneto.com.br Teléfono: +55 11 5502 1200 Web:http://www.miguelneto.com.br/Fale- conosco.html Siqueira Castro — Advogados Web:http://www.siqueiracastro.com.br/ Paginas/default.aspx* Teléfono: +55 11 3704 9840 Fax +55 11 3704 9848 Web:http://www.siqueiracastro.com.br/ FaleConosco/Lists/FaleConosco/Contato.aspx Baptista Luz, Gimenez e Freitas Advogados Web: http://www.baptistaluz.com.br/ Teléfono: +55 11 3049 7950 Fax: 55 11 3049 7953 Web : ht t p : // w w w. baptis t aluz .c om . br/#filter=.contato La información que contiene este documento es para orientación general y guía. Bajo ninguna circunstancia ProColombia o sus empleados se harán responsables, ante usted o cualquier otra persona, por las decisiones o acciones que se tomen con base en la documentación provista.