El jerez y la manzanilla no pueden comercializarse en Bag in Box

La justicia da la razón a la patronal y prohíbe la venta de jerez y manzanilla mediante el Bag in Box

Miércoles 07 de Noviembre de 2018

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha puesto la puntilla al conflicto surgido en el Marco de Jerez a raíz del rechazo de la Consejería de Agricultura a instancias de un grupo de bodegas sanluqueñas a la negativa del Consejo Regulador a emitir etiquetas para la comercialización de vinos amparados por las Denominaciones de Origen en este tipo de envase. El uso del Bag in Box ya fue suspendido cautelarmente por el mismo tribunal.

La sentencia del alto tribunal andaluz, da la razón a Fedejerez en el recurso interpuesto por la patronal bodeguera contra la resolución de la Junta de Andalucía en contra de la prohibición del Bag in Box aprobada por el pleno del Consejo Regulador y deja en mal lugar a la Administración autonómica por la admisión del recurso de alzada presentado contra los acuerdos del pleno del vino por las firmas sanluqueñas Sánchez Ayala, Herederos de Argüeso, Hidalgo-La Gitana y Francisco Yuste, –al que luego se unió la Asociación de Bodegas Artesanas de Sanlúcar–. "La administración debió inadmitir la alzada y si no lo hizo, debe hacerlo ahora este tribunal", indica la sentencia.

Del mismo modo, el TSJA, que en su día desestimó otro recurso de la Consejería de Agricultura contra la suspensión cautelar, expresa sus dudas sobre el informe técnico en el que justificó la Consejería su decisión de autorizar el envase de cartón para la distribución de vino de Jerez y manzanilla a granel para "consumo indirecto" en el canal Horeca, en contra de lo acordado por el pleno del Consejo.

El fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA "confirma la validez de la denegación de la autorización del registro de etiquetas" y, en consecuencia, ratifica "los acuerdos del Consejo Regulador" contrarios al uso del Bag in Box, al tiempo que condena en costas hasta un máximo de mil euros a la parte demandada, en este caso la Administración autonómica.

Sin entrar en el fondo del asunto, la sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, cuestiona la actitud de la Consejería de Agricultura por su injerencia en las competencias atribuidas al Consejo Regulador en la tutela del cumplimiento de las normas de funcionamiento interno de las DD.OO.

El TSJA se centra en la existencia de actos jurídicos válidos, en concreto los acuerdos del pleno del Consejo Regulador –hasta ocho, según el fallo– dictados entre enero de 2002 y septiembre de 2015 que desautorizan el 'Bag in Box'. "Los acuerdos anteriores a 2010 –con el anterior reglamento– son precedentes válidos porque resolvían lo mismo que ahora se solicitaba y encuentran el respaldo en la sentencia dictada por este mismo tribunal el 4/4/2006" y "los acuerdos posteriores a 2010, es decir, con la actual norma en vigor, pueden parecer arbitrarios o caprichosos a la administración, pero no ha acreditado en este proceso la parte demandada que sean nulos de derecho", señala el alto tribunal, no sin puntualizar que "nadie recurrió" en su momento "y ahora, por esta vía indirecta, se pretende reabrir la cuestión vulnerando la firmeza de aquellos actos".

LA SENTENCIA DISPARA LAS TENSIONES Y LA GUERRA ABIERTA EN EL MARCO

La sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el recurso promovido por Fedejerez contra la resolución dictada por la Junta de Andalucía por la que autorizaba la comercialización del Bag in Box para el canal HORECA no ha traído precisamente la paz al Marco de Jerez.

La Asociación Profesional de Bodegas Artesanas de Sanlúcar (Cádiz) ha asegurado que "acata la sentencia, si bien lamentamos el contenido de la misma por realizar una interpretación absolutamente errónea de los hechos en relación con el actual Pliego de Condiciones, al tiempo que denota una total insensibilidad sobre un asunto de una gran transcendencia económica para una parte muy significativa del sector, pues ni siquiera fueron resueltos, después de dos años, los recursos contra la medida cautelar que infringía los más elementales principios de seguridad jurídica".

Por eso, insta a la Junta de Andalucía y a las partes personadas, para que en su condición de demandadas interpongan en los próximos 30 días el consiguiente Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo "en solicitud de la Justicia que erróneamente le ha sido denegada".

En este sentido, se clama por el hecho de que por parte de Fedejerez, integrada por operadores ajenos a la D.O. Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda, "se pretenda gestionar su comercialización en beneficio de otra Denominación de Origen competidora". En este sentido se lamentan las declaraciones realizadas por el portavoz de Fedejerez tras el dictado de la sentencia, pues "en modo alguno contribuyen a pacificar las relaciones entre las Denominaciones de Origen que integran el Consejo Regulador".

Por esta y otras razones desde esta Asociación se solicita se lleve a efecto un relevo generacional de las personas que vienen dirigiendo las Instituciones que están llevando al Marco a la ruina.

Asimismo, se insiste en que desde esta Asociación se seguirá trabajando, sin cesar, al igual que lo ha venido haciendo con la creación de la Mesa de la Manzanilla y de la Fundación Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda, para aunar a las distintas  bodegas que integran la Denominación de Origen Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda, para que esta tenga capacidad propia de decisión en el seno del Consejo Regulador, y no estar sometida a decisiones de operadores pertenecientes a otra D.O. con intereses contrapuestos, tal y como sucede ahora en el Pleno del Consejo Regulador donde solo consta con un vocal de los 20 que lo integran.

En este orden esta Asociación viene manteniendo reuniones con otros operadores del Marco a fin de conseguir las mayorías necesarias para volver a llevar este tipo de envases para consumo directo al Pleno, pues estamos convencidos de que es un envase de futuro que ayudaría a mejorar las cosas en una región vitivinícola "donde el precio de la uva es el más bajo de España y las ventas van en caída libre, pese a la autocomplacencia de los que siguen estando al frente de sus Instituciones".

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