TRIBUNALES

Tras dos años y 199 sesiones de juicio oral

La Junta pagará menos de mil euros a los letrados de oficio de 'Malaya'

  • Sólo abonará 368 euros más los desplazamientos por dos años de juicio

  • El TSJA rechaza un recurso del Colegio de Abogados de Málaga

  • Los letrados pedían que se les abonasen 25.000 euros por el trabajo

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La Junta de Andalucía abonará unos honorarios inferiores a los mil euros a los abogados del turno de oficio que asistieron a acusados en el macrojuicio por el caso Malaya, en aplicación del baremo que la propia Administración andaluza aprobó en 2009, y que ha sido ahora refrendado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fallado en contra del recurso interpuesto por el Colegio de Abogados de Málaga, que solicitaba que se les abonara su labor en el proceso de acuerdo con el volumen de la causa, y no aplicando únicamente las mencionadas tarifas.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal andaluz, con sede en Granada, ha rechazado en una sentencia las tesis esgrimidas por el Colegio de Abogados, que ha catalogado directamente de «irrelevantes».

La resolución se refiere a la orden de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía aprobada el 9 de marzo de 2009, que establece «claramente» dos baremos distintos para compensar económicamente los trabajos realizados en el turno de oficio, y distingue entre los procedimientos penales generales o sumarios y los procedimientos penales abreviados con más de 1.000 folios.

En el caso Malaya, el procedimiento se tramitó como un sumario y no como un procedimiento abreviado, por lo que no resulta de aplicación lo establecido para procedimientos penales abreviados de más de 1.000 folios, según elTSJA. Desde el Colegio de Abogados se solicitaba, sin embargo, que pese a tratarse de un sumario se considerase por analogía el pago en función del número de folios, al tratarse de la causa más voluminosa juzgada hasta la fecha, con más de 200.000 folios.

El criterio de la Sala, sin embargo, ha perjudicado seriamente a los letrados de oficio, que tendrán que conformarse con cobrar, por su trabajo a lo largo de casi dos años y 199 sesiones de vista oral, un total de 368 euros. El baremo que se les aplicará incluye además el pago de los desplazamientos para los abogados que acudiesen a las sesiones del juicio desde partidos judiciales distintos al de Málaga capital, mediante el abono de 30 euros por sesión. La única letrada en esta situación ha percibido hasta ahora una cantidad cercana a los mil euros.

De haberse tenido en cuenta el criterio del Colegio de Abogados, por sus más de dos años de trabajo los abogados hubieran cobrado 25.000 euros, cantidad que figuraba en los recursos presentados ante la Sala de lo Contencioso.

El TSJA rechaza la petición del Colegio de Abogados argumentando que la norma de aplicación es la orden de 9 de marzo de 2009, y que «no existe laguna normativa alguna ni procede la aplicación analógica» de los baremos estipulados para otro tipo de procedimientos.

Sin embargo, el alto tribunal andaluz invita en su sentencia a la institución colegial a «promover la modificación de la norma o impugnarla jurídicamente» en el caso de entender que la orden establece «una distinción arbitraria que perjudica a los abogados defensores que participan en procesos penales sumarios voluminosos».

Desde el Colegio de Abogados se entiende, efectivamente, que los abogados del turno de oficio han desarrollado un importantísimo trabajo durante la celebración del que ha sido el mayor juicio por corrupción municipal de la historia de España, y que este trabajo no se ha visto remunerado con las tarifas abonadas hasta ahora por el Ejecutivo andaluz.

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