Antes de realizar tu consulta, te recomendamos tener a la mano tu Número de Seguridad Social (NSS), Clave Única de Registro de Población (CURP) y la cuenta de correo a la que deseas se te envíe la información.
Para conocer en qué Afore te encuentras, dar click aquí.
Y en caso de no estar de acuerdo con los datos que te arroje la consulta, te invitamos a acudir a alguna de nuestras oficinas de atención a presentar tu inconformidad.
Condusef, siempre ocupada en mejorar la atención a los Usuarios de servicios financieros, ha instrumentado, en conjunto con la Asociación de Bancos de México (ABM), un nuevo esquema de atención que permite brindar un servicio a los beneficiarios de los productos financieros.
Este nuevo servicio ofrece información a quienes tengan la duda de ser beneficiarios de alguna cuenta de Cheques, Ahorro o Inversión de un Usuario fallecido.
Al recibir la consulta por parte de los posibles beneficiarios, Condusef investiga y verifica, a través de 24 instituciones bancarias afiliadas a la ABM, la presunción como beneficiario y responde en un plazo no mayor a 60 días naturales a partir de la fecha de la consulta.
¿Cuáles son los requisitos para realizar la consulta?
Para tal efecto, el beneficiario deberá acudir a la Unidades de Atención a Usuarios de Condusef que mejor le convenga, con el fin de elaborar la Solicitud de Beneficiarios de Cuentas de Depósito, presentando:
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Cualquier persona que presuma que es beneficiaria de algún seguro de vida, puede acudir a cualquiera de las Unidades de Atención a Usuarios de la CONDUSEF o bien tramitar su solicitud de información de manera electrónica para saber si es beneficiario de uno o varios seguros de vida, ya sean individuales o colectivos, incluyendo aquellos que se obtienen por la contratación de productos y servicios financieros.
Para ofrecerle un servicio adecuado el ciudadano debe:
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Por ningún motivo pueden solicitarte dinero o cualquier otro tipo de pago por la orientación, asesoría, servicio y/o trámite que realices ante Condusef.
Salvo que tu asunto avance a procesos muy especializados como Defensoría Legal, que conforme a la Ley de la Condusef la costa relacionada con el procedimiento (pruebas periciales, honorarios de los peritos, etc.) corren a cargo del Usuario
En Condusef, una Consulta se refiere a recibir tus dudas acerca de:
1. Cualquier producto y/o servicio financiero disponible en el país:
2. Cuál es la forma de operar en Condusef:
Entre las principales causas por las que no podemos recibir tu consulta o reclamo, están las siguientes:
Acércate a Condusef si detectas alguna acción o hecho que consideras:
Un Asesor de Condusef te escuchará, orientará y dependiendo de la naturaleza de tu asunto, tramitará tu reclamación ante la Institución Financiera a través del siguiente proceso de atención:
En aras de apoyar a los ciudadanos con esquemas de atención eficientes, Condusef implementó un proceso de gestión, que de manera electrónica te permite tramitar ante la Institución Financiera tu inconformidad o reclamación, para que de igual forma, a través de esta Comisión recibas una respuesta de tu asunto.
Este proceso tiene estipulado un tiempo de resolución de 20 días hábiles; sin embargo, el tiempo promedio ha sido de 16 días hábiles, o bien, si la causa por la que se quejan los ciudadanos requiere de más tiempo dada su naturaleza, la respuesta puede llegar a tardar más de 20 días hábiles; por ejemplo, si estás inconforme con los registros de tu Reporte Especial de Crédito, el plazo de respuesta es de 45 días naturales.
REQUISITOS:
Es muy importante que presentes la documentación que de acuerdo con la naturaleza de tu asunto, el Asesor de Condusef te indique, ya que de no contar con los requisitos completos y/o actualizados, el tiempo de tu resolución puede prolongarse más tiempo del definido para este proceso.
** Documentos que puedes presentar como identificación oficial vigente:
En caso de que en la primer etapa del Proceso de Atención a Usuarios no te resuelva la Institución Financiera o si no estás de acuerdo con la respuesta, puedes presentar un escrito formal de Reclamación, a través del cual se fundamenta que la Institución Financiera tiene la obligación de presentar un informe con las evidencias que soporten su resolución.
Este escrito formal de Reclamación da inicio a la etapa de Conciliación, que consiste en citar al apoderado legal de la Institución Financiera contra la que te quejaste, a tí y a un Abogado de Condusef; audiencia donde se presentarán las evidencias de los hechos con los que se pretende conciliar los intereses.
Es MUY IMPORTANTE que tu escrito formal de Reclamación contenga claramente la siguiente información:
Para mayor referencia, aquí puedes descargar los formatos de reclamación de las causas más recurrentes por las que los usuarios presentan su reclamación y una vez que los llenes conforme al instructivo, acude a laSubdelegación que más te convenga.
Es una opinión especializada, respecto de la procedencia de lo que estás reclamando a la Institución Financiera en el procedimiento Conciliatorio, siempre y cuando haya concluido la Audiencia de Conciliación y la Institución Financiera hubiese rechazado el Arbitraje.
Esta opinión se sustenta en el análisis del contenido del escrito formal de Reclamación, en el informe presentado por la Institución Financiera en el procedimiento conciliatorio, así como en la documentación que ambas partes presenten con motivo de la Reclamación y del informe respectivo, ya sea en el referido procedimiento o con posterioridad al momento de solicitar la emisión del Dictamen.
El Dictamen puede ser un Título Ejecutivo o una valoración Técnico-Jurídica elaborada con base en la información, documentación o elementos que existan en el expediente.
Para la autorización del Dictamen, éste se somete al Comité de Dictámenes, junto con el expediente del asunto y la información que posteriormente integraste, así como de la Institución Financiera.
El Comité de Dictámenes es un órgano colegiado integrado por funcionarios de la Condusef, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de las Comisiones Nacionales Supervisoras. Este Comité tiene como objetivo, aprobar los proyectos de dictámenes, en las sesiones que se celebran dos veces al mes, en función de los asuntos que se sometan a su consideración y de cuya problemática pueden derivarse operaciones en materia bancaria, bursátil, actividades auxiliares de crédito, seguros y fianzas; así como de sistemas de ahorro para el retiro.
A continuación te presentamos el proceso para la solicitud de emisión del Dictamen:
Descargar Modelo de solicitudEn caso de que se te hayan dejado a salvo tus derechos durante tu audiencia de conciliación, puedes hacerlos valer ante los Tribunales competentes a través de los servicios gratuitos de un abogado de Condusef, siempre y cuando acredites lo siguiente:
Si deseas conocer más a detalle sobre este proceso, te recomendamos consultar la siguiente información.
A continuación te explicamos brevemente en qué consiste este proceso:
Este proceso deriva de la Audiencia de Conciliación, en la que al no haber arreglo, tú y la Institución Financiera podrán, de mutuo acuerdo, elegir a la Condusef o a un tercero propuesto por ésta, como Árbitro de la Controversia, siempre y cuando la Entidad Financiera haya ofertado el producto controvertido y haberlo dado de alta en el Sistema Arbitral. Ver
Es de resaltar que para continuar con el Arbitraje, requieres de un Abogado particular que te apoye durante este proceso.
En caso de proceder el Arbitraje, la Condusef, con los elementos aportados por ambas partes emite el "Laudo", que es la resolución que pone fin al asunto y en la cual se señala a quién le asiste la razón.
A continuación, te explicamos brevemente cómo funciona este proceso:
A continuación encontraras los formatos necesarios para poder levantar una QUEJA ante la CONDUSEF, es una etapa inicial y amigable donde se resuelven favorablemente el mayor porcentaje de los asuntos.
Es necesario llenar el formato que corresponda con tu Queja y presentarte con éste en alguna de nuestra oficinas con el fin de agilizar tu trámite y brindarte un mejor servicio.
En caso de que desee presentar una QUEJA ELECTRÓNICA, favor de dirigirse al siguiente sitio https://tramites.condusef.gob.mx/QuejaElectronica/
A continuación encontraras los formatos necesarios para poder levantar una RECLAMACIÓN ante la CONDUSEF, es una etapa jurídica posterior a la Queja (etapa inicial) debido a que no estas de acuerdo con la respuesta de la Institución Financiera. Se realiza una Audiencia de Conciliación directamente con la Institución Financiera apoyado por uno de nuestros Conciliadores.
Es necesario llenar el formato que corresponda con tu Reclamación y presentarte con éste en alguna de nuestra oficinas con el fin de agilizar tu trámite y brindarte un mejor servicio.
En caso de que desee presentar una CONCILIACIÓN TELEFÓNICA, favor de dirigirse al siguiente sitio https://webapps.condusef.gob.mx/conciliacion/jsp/solicitudcot.jsp/
En este servicio podrás conocer el estado que guarda tu asunto o si es necesario que acudas a nuestras oficinas de atención para mayor información
Elige el Estado con el que registraste el asunto:
Elige la Delegación o Municipio con el que registraste el asunto:
Escribe tu apellido paterno o nombre de la empresa:
Captura el folio que te proporcionamos:
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, previa valoración, brinda el servicio de Defensoría Legal Gratuita a los Usuarios de servicios financieros que lo soliciten, para lo cual cuenta con un cuerpo de abogados defensores.
El servicio de Defensoría Legal es GRATUITO, salvo gastos que correspondan a alguna prueba pericial que se requiera dentro del juicio, así como el pago de gastos y costas que pudieran ser originados en el procedimiento seguido ante los tribunales competentes.
El servicio se divide en las siguientes etapas:
Para la etapa de "Solicitud de Defensoría Legal Gratuita" se requiere lo siguiente:
Con los documentos aportados, se valorará si existen los elementos legales para iniciar un juicio y si cumples con el requisito de procedencia económica.
La respuesta a la solicitud será procedente o improcedente, misma que será emitida en 35 días hábiles contados a partir de la fecha en que se tenga por recibida. Sera notificada en su domicilio particular.
Esperamos que la información que aquí se proporciona sea de utilidad para el trámite de tu "Solicitud de Defensoría Legal Gratuita", de lo contrario, no dudes en llamar al teléfono 01 800 999 80 80, o bien, enviar un correo a solicitud.def@condusef.gob.mx.
Consulte el Aviso de Privacidad sobre el procedimiento de la "Solicitud de Defensoría Legal Gratuita" gratuita aquí
Si tu solicitud resultó procedente, se dará inicio a la segunda etapa, la "Defensa Legal Gratuita", la cual consiste en el trámite ante la autoridad judicial, por lo que te sugerimos preparar lo siguiente:
Documentos que se deben proporcionar en copia simple: Escritos de aclaración presentado a la institución financiera y respuesta de ésta; reclamación presentada ante Condusef; actas de audiencia de conciliación e informes presentados por la institución financiera reclamada.
Si la problemática es bancaria y de organizaciones auxiliares del crédito, además:Una vez integrado el expediente, te informaremos el número de Folio que se le asignó y el nombre y teléfono del defensor que te atenderá.
Esperamos que la información que aquí se proporciona sea de utilidad para el trámite de "Defensa Legal Gratuita". Si tienes alguna duda de los documentos que debes proporcionar o respecto del trámite ante la autoridad judicial, no dudes en llamar al teléfono 01 800 999 80 80, o bien, enviar un correo a defensorialg@condusef.gob.mx.
Consulte el aviso de privacidad del servicio de "Defensa Legal Gratuita" aquí