Familia extensa de ciudadano comunitario. ¿Es Ud. español y quiere traer a España a su novio/a o a un familiar extranjero?

Familia extensa de ciudadano comunitario

El Real Decreto 987/2015, de 30 de octubre (modificó el Real Decreto 240/2007) introduce un nuevo artículo 2 bis en el que se amplían los supuestos de familiares o parejas de ciudadanos españoles y comunitarios que pueden solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión (en adelante, TFUE). Nos estamos refiriendo a la familia extensa: pareja (basta con ser pareja estable, aunque no estén casados o no sean pareja de hecho), hermanos, nietos, abuelos, tíos y primos.
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