MEDIACIÓN ONLINE

En la mediación online todo el proceso o alguna parte puede desarrollarse de forma online, por ejemplo las sesiones se pueden celebrar por video conferencia, vía Skype; los acuerdos pueden ser firmados mediante certificado electrónico…

Así el artículo 24 de la Ley 5/2012 de Mediación prevé el desarrollo de las actuaciones de mediación por medios electrónicos:

1. Las partes podrán acordar que todas o alguna de las actuaciones de mediación, incluida la sesión constitutiva y las sucesivas que estimen conveniente, se lleven a cabo por medios electrónicos, por videoconferencia u otro medio análogo de transmisión de la voz o la imagen, siempre que quede garantizada la identidad de los intervinientes y el respeto a los principios de la mediación previstos en esta Ley.

2. La mediación que consista en una reclamación de cantidad que no exceda de 600 euros se desarrollará preferentemente por medios electrónicos, salvo que el empleo de éstos no sea posible para alguna de las partes.

El uso de la tecnología en la mediación incrementa las ventajas propias de ésta: rapidez, efectividad y disminución de costes; a la vez que elimina las barreras geográficas y de idioma.

El procedimiento para la contratación de nuestro servicio de mediación online sería el siguiente:

Paso 1

Nos envía este formulario firmado a enMediacion.

Tiene dos opciones para enviarnos el formulario:

    • Por correo electrónico a info@enmediacion.es si ha firmado el documento con su certificado electrónico.
    • Por correo postal, a nuestra oficina en Calle Goya 83, 4º Derecha de Madrid (28001): imprime el formulario, lo firma y adjunta en el sobre una fotocopia de su DNI.
Paso 2

Una vez que comprobamos que el asunto es susceptible de ser resuelto aplicando la mediación, nos ponemos en contacto con la otra persona (o empresa) invitando a que participe.

En este momento el solicitante deberá pagar a enMediación la cantidad de 60 euros (IVA incluido), como honorarios de tramitación. Esta cantidad incluye el envío a la otra parte de la invitación de participación (mediante burofax o carta certificada), y en su caso, el certificado de no acuerdo o de rechazo de la mediación por la otra parte.

Paso 3

Si la otra parte acepta participar, se remitirá a ambos el Contrato con enMediación, donde se recogen las normas que regirán el proceso y que se pueden ver aquí. En el contrato también se incluirá el presupuesto con los honorarios del mediador/a, que se pagarán al finalizar el proceso, haya o no acuerdo, al 50% entre ambas partes; y se indicará el pago de una provisión de fondos a cuenta del importe total de los honorarios.

Los honorarios en fijan en función del número de sesiones necesarias, a título orientativo, el precio por sesión es de:

    • 100 euros por sesión conjunta.
    • 75 euros por sesión individual.
Paso 4

Se cita a las partes para las sesiones, bien conjuntas o por separado, según lo que considere más conveniente el mediador/a. Estas sesiones podrán desarrollarse por video conferencia o en nuestras oficinas.

Paso 5

Tras las sesiones, si se llega a un acuerdo, el mediador/a con asistencia legal redactará un convenio que las partes firmarán, de forma presencial o mediante certificado electrónico.

Este convenio tiene fuerza legal, y puede exigirse su cumplimiento.

En el caso de que la otra parte no acepte la invitación a la mediación o no se llegue a un acuerdo, el mediador/a expedirá un certificado de intento de mediación.

No lo dude, solicite ahora un procedimiento de mediación online