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Energía eléctrica propia

Una placa solar en cada vivienda

Industria prepara una norma para reducir las trabas administrativas.

Muy pocas viviendas cuentan con placas solares en España. Las escasas que disfrutan de su propia energía eléctrica probablemente lo hayan conseguido a costa de mucho sudor, paseos a la administración pública competente y multitud de trámites y formularios. Y muchas esperas. La nueva normativa que prepara el Ministerio de Industria para la energía solar fotovoltaica introduce, en este sentido, una serie de simplificaciones que permitirán que las pequeñas instalaciones de esta energía sean más numerosas.

La propuesta de Real Decreto, pendiente del dictamen del Consejo de Estado, incluye dos procedimientos simplificados, uno para instalaciones hasta 100 kilovatios (kW) y otro, aún más simple, para instalaciones hasta 10 kW.

En el primer caso, el titular de la instalación y la empresa distribuidora gestionarán entre ellas, en un plazo aproximado de cuatro meses si no surgen trabas, las solicitudes y permisos pertinentes, hasta cerrar un contrato entre ambas por el que se regirán sus relaciones técnicas. La Administración competente, es decir, la comunidad autónoma, sólo intervendría en caso de que las partes no se pusieran de acuerdo o cupiera alguna reclamación. De todos modos, la resolución de la primera reclamación no debería llevar mucho más de un mes y, en caso de existir una segunda, la Comunidad debe resolver en un plazo máximo de tres meses.

Para las instalaciones pequeñas, idóneas para las viviendas, llamadas "de conexión abreviada", el procedimiento consiste básicamente en el envío por parte del titular de una notificación a la distribuidora, donde le explica la intención de conectar esta pequeña planta y entrega con ella la Memoria Técnica del Proyecto. A partir de ahí, en un plazo de 10 días, ha de tener noticias de la empresa distribuidora, que acepte o no el proyecto. De nuevo, la comunidad autónoma sólo entra en juego si hay discrepancia.

Para los promotores, esta simplificación sólo puede ser una buena noticia porque la situación anterior era "terrible". Según un estudio del consorcio europeo PV Legal, que recoge datos del sector fotovoltaico, España es el segundo país en cuanto a lentitud de la tramitación administrativa y el tercero, en cuanto a lo que encarecen el proceso de instalación los costes legales y administrativos.

En concreto, para las instalaciones en cubiertas, un proyecto fotovoltaico puede tardar un año en terminarse. En las pequeñas plantas, estos trámites burocráticos pueden encarecer el proyecto hasta en un 40%. En las de más de 10 kW, el coste sólo se incrementa un 20% por estos trámites.

Según Javier Anta, presidente de la Asociación de la Industria Fotovoltaica (Asif), "en las circunstancias actuales, con la campaña en contra que sufrimos y con una regulación muy restrictiva en tramitación, necesitamos el apoyo del Gobierno en más temas además de en la simplificación de procedimientos".

Hacia el fomento del autoconsumo

La nueva normativa abre la puerta al autoconsumo, es decir, a que los dueños de las instalaciones en tejados puedan consumir la energía que producen. Hasta ahora, el productor tenía que verter la energía producida a la red, por la que recibía una prima, y luego, comprar según sus necesidades a precio de mercado. A medida que la fotovoltaica reduzca su precio y se acerque al coste que paga el usuario por la electricidad, el autoconsumo será interesante.Sin embargo, el borrador de Industria exige que las instalaciones en edificación "estén asociadas a un punto de suministro de potencia contratada de al menos un 25% de la potencia nominal de la instalación". Es decir, que si el edificio consume 5 kW, la instalación más grande que se puede construir es de 20 kW, lo cual para Asif es "restrictivo".

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